martes, 1 de enero de 2013
lunes, 31 de diciembre de 2012
Las Relaciones Especiales de Trabajo por cuenta ajena. Estibadores portuarios
Son relaciones especiales de trabajo aquellas que, por sus especiales características, requieren una regulación específica.
Estibadores portuarios
Colectivo
afectado
- Se consideran estibadores portuarios los contratados por la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios, o SAGEP, (las Sociedades Estatales y las agrupaciones portuarias de interés económico que existieran a la entrada en vigor de la Ley 33/2010, habrán de convertirse en SAGEP, que se constituirían en cada puerto con objeto de asegurar la profesionalidad de los trabajadores que desarrollen actividades portuarias de estiba y desestiba y la regularidad en la prestación de servicios en tales actividades.
- No será de aplicación esta relación laboral especial a las actividades de carga, estiba, desestiba, descarga y transbordo de mercancías que se realicen en instalaciones portuarias otorgadas en régimen de concesión al titular de una planta de transformación o instalación industrial o a una empresa de su mismo grupo empresarial, no abierta al tráfico comercial general, ni a las que se realicen en régimen de autoprestación.
- El contrato, que sólo se podrá concertar por tiempo indefinido, se formalizará por escrito en modelo oficial.
- El Servicio Público de Empleo Estatal expedirá a favor de los trabajadores inscritos certificado acreditativo de la profesionalidad que tuvieran reconocida.
- Entrega a los representantes legales de los trabajadores de una copia básica del contrato en el plazo de diez días.
- Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del contrato, adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores si los hubiere.
- El Servicio Público de Empleo Estatal expedirá a favor de los trabajadores inscritos certificado acreditativo de la profesionalidad que tuvieran reconocida.
- La asignación de los trabajadores en régimen laboral especial que demanden las empresas accionistas se realizará mediante el sistema de rotación.
- La relación laboral especial se extinguirá, además de por las causas previstas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, por voluntad de la SGEP cuando el trabajador rechazase reiteradas ofertas de empleo adecuadas a su categoría profesional provenientes de empresas titulares de una licencia del servicio portuario de manipulación de mercancías que deseasen establecer con él una relación laboral común. Para considerar como adecuada una oferta de empleo, la misma deberá garantizar unos ingresos en cómputo anual y en condiciones homogéneas, al menos iguales a los que el trabajador percibiría de seguir vinculado a la SGEP. Se considerará que el rechazo de la oferta es reiterado cuando se produzca habiendo transcurrido menos de dos años desde el rechazo anterior.
- Los titulares de licencias del servicio de manipulación de mercancías que esté exentos de su participación en la SAGEP conforme a lo previsto en la Ley 33/2010, deberán, en primer lugar, solicitar la puesta a disposición temporal de trabajadores de la SAGEP en los casos en que el personal fijo de la empresa no pueda atender la carga puntual de trabajo. El coste de la puesta a disposición de los trabajadores no será superior al establecido en la SAGEP para la actividad equivalente. En el caso de la que SAGEP no estuviera en condiciones de poner a disposición el personal solicitado, se podrá contratar libremente sin que exceda de un turno de trabajo.
- Corresponde a la SAGEP el cumplimiento de las obligaciones salariales y de Seguridad Social en relación con los trabajadores por ella contratados que estén en relación laboral especial.
- La retribución será, en sus modalidades y cuantía, la pactada en convenio colectivo o contrato individual, con respeto, en todo caso, de la normativa sobre salarios mínimos.
- La empresa usuaria es responsable de garantizar la efectividad del derecho de los trabajadores a la protección en materia de seguridad y salud laboral en el trabajo, así como, en su caso, del recargo de prestaciones de Seguridad Social en caso de accidente de trabajo ó enfermedad profesional que tenga lugar en su centro de trabajo durante el periodo de puesta a disposición del trabajador y traigan su causa de falta de medidas de seguridad e higiene, y de todas las demás responsabilidades atribuidas en materia de prevención de riesgos laborales en cuanto a las relaciones de trabajo temporales o de duración determinada. Igualmente corresponderá a la empresa usuaria el cumplimiento de la normativa legal o convencional referida a tiempo de trabajo y movilidad.
- Estos trabajadores podrán ser proporcionados temporalmente por las SAGEP a las empresas estibadoras para que realicen los trabajos que no puedan ser cubiertos por el personal propio de cada Empresa.
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sábado, 29 de diciembre de 2012
Buscador de Empleo en la Comunidad de Madrid. Servicio Público de Empleo
Para buscar empleo en la
Comunidad de Madrid a través del buscador de la Consejería de Empleo, Turismo y
Cultura, puedes pinchar AQUÍ y aparecerá esta pantalla en tu ordenador.
A partir de este momento
puedes buscar las ofertas de empleo por ocupaciones, por oficinas de empleo, localidades,
por el número de la oferta (si la conoces) y por fechas. Además las personas
con discapacidad pueden seleccionar aquellas en las que se pide el Certificado
de Discapacidad.
Yo soy partidario de ver
todas las ofertas existente, primero porque todas están activas y en estos
momentos hay muy pocas. En segundo lugar, si buscamos únicamente las que hay de
nuestra profesión, no habrá o habrá muy pocas, y además nos perderemos otras que
también podamos desempeñar.
Si pulsamos la lupa que
aparece en la caja de Ocupación Ofertada, aparecen tal cantidad de ocupaciones
(hay 2.484) que en la mayoría no hay, ni habrá, ninguna oferta.
En tercer lugar si
seleccionamos por oficina o por localidad, también podemos perdernos ofertas
que nos interesen en otras localidades.
Desde mi punto de vista la
mejor forma de ver las ofertas es seleccionándolas por fechas, puedes comenzar
empezando por las dos última semanas e ir remontando hasta ver todas.
De este modo, nos aparecerá
un listado con todas las ofertas de ese periodo que están disponibles.
Si estás interesado en alguna oferta
puedes dirigirte a la oficina que figura en ella, a la tuya de inscripción o
bien comunicar tu interés por medio de la dirección de correo electrónico que
aparece en cada oferta.
Para acceder a buscador
pincha AQUÍ
viernes, 28 de diciembre de 2012
Universidad Carlos III de Madrid. Servicio de Orientación y Planificación Profesional (SOPP)
El Servicio de Orientación y Planificación Profesional (SOPP) de la
Fundación Universidad Carlos III integra las siguientes áreas de actuación:
Bolsa de Empleo:
Gestión de las ofertas y demandas de empleo y prácticas profesionales
presentadas por las empresas e instituciones colaboradoras.
Orientación Profesional:
Asesoramiento personalizado sobre aquellos aspectos de índole académica o
laboral que favorecen la empleabilidad del universitario.
Formación para el empleo:
Oferta permanente de acciones formativas orientadas a mejorar el desarrollo
profesional y la adquisición de competencias para favorecer la inserción en el
mercado laboral.
Foro de Empresas:
Punto de encuentro entre las empresas colaboradoras y la Universidad Carlos
III de Madrid con el objetivo de propiciar el acercamiento entre mundo
empresarial y los estudiantes y titulados.
Observatorio Ocupacional:
Análisis
de la proyección social y laboral de las diferentes titulaciones impartidas en
la Universidad Carlos III de Madrid, con el fin de medir su impacto y nivel de
inserción laboral.
Más información. Pincha AQUÍ
jueves, 27 de diciembre de 2012
Becas de FUNDACIÓN MAPFRE para desempleados
Becas
al estudio para personas en situación de desempleo en España (en seguros y
gerencia de riesgos)
FUNDACIÓN MAPFRE realiza una
convocatoria extraordinaria de 150 becas destinadas a facilitar el acceso a
personas en situación de desempleo en España que deseen incorporarse a los
cursos e-learning de especialización en Seguros y Gerencia de Riesgos,
impartidos por el Instituto de Ciencias del Seguro en la promoción de febrero
2013.
PROGRAMAS DE
FORMACIÓN QUE SE INCLUYEN EN LA PROMOCIÓN DE FEBRERO 2013
CURSOS
E-LEARNING DE ESPECIALIZACIÓN (60 horas)
- Introducción al Seguro
- El Contrato de Seguro
- Gestión del Seguro del Automóvil
- Seguros Multirriesgos
- Seguros de Vida, Salud y Previsión Social
- El Seguro de Caución
- El Seguro de Crédito
- El Seguro de Responsabilidad Civil
- Reaseguro
- Contabilidad de Entidades Aseguradoras
- Gerencia de Riesgos y Seguros en la Empresa
- Gestión de Recursos Humanos en Empresas de Seguros
- Dirección Estratégica de Entidades de Seguros
- Gestión Técnica Pericial de Siniestros de Daños Materiales
- Fundamentos Técnicos del Seguro
- Seguros de Daños y de Prestación de Servicios
- Marketing en Seguros
- Introducción a Solvencia II
CUANTÍA
DE LAS BECAS
La beca cubrirá el
100% de la cuota de inscripción.
PLAZO
DE PRESENTACIÓN Y CONCESIÓN DE BECA
El plazo finalizará
una vez completado el número de plazas disponibles, considerando como fecha
límite de solicitudes el día 25 de enero de 2013.
BENEFICIARIOS
Podrán ser
beneficiarios de esta beca aquellas personas que acrediten estar en situación
de desempleo en España en el momento de la solicitud, presentando copia de la
tarjeta de demanda de empleo en vigor.
Tendrán prioridad las
personas que no hubieran solicitado o disfrutado esta beca en las anteriores
convocatorias.
Mediante esta
modalidad, el beneficiario podrá matricularse en un único curso, a su elección,
en la próxima promoción de febrero 2013.
DOCUMENTACIÓN
REQUERIDA
Fotocopia del
D.N.I./Pasaporte
Curriculum Vitae
Copia de la tarjeta
de demanda de empleo en vigor
miércoles, 26 de diciembre de 2012
El salario mínimo interprofesional (SMI)
El salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima
que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin
distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o
temporeros.
El salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno,
mediante Real Decreto, previa consulta con las organizaciones sindicales y
asociaciones empresariales más representativas, teniendo en cuenta el índice de
precios al consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de
la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica
general.
La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de empleados
de hogar se fija también en salario/hora.
Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se
cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.
El salario mínimo interprofesional, según dispone el Estatuto de los
Trabajadores, es inembargable.
El SMI en España está
bastante por debajo de las grandes potencias europeas.
Luxemburgo está a la
cabeza con un SMI de 1544 euros, el más alto de la Unión Europea. Holanda,
Bélgica o Francia rondan los 1200 euros. En España el SMI en 2012 es de 641
euros, salario muy similar al que tiene países como Grecia, Portugal o
Eslovenia. El salario más bajo se cobra en Bulgaria, con 115 euros.
Alemania, por su
parte, no posee un salario mínimo para todo el estado, sino que el sueldo
mínimo legal se fija en función del sector productivo y la región. En el caso
de Italia, el salario mínimo se establece en el convenio colectivo de cada
sector.
Como podemos comprobar el
SMI en nuestro país es uno de los más bajos de Europa.
Si en el año 2011 el SMI fue
congelado, y esto ocurrió por primera vez desde que se creó, para el año 2013, el Gobierno ha propuesto a los agentes sociales subir un
0,6% el SMI, de este modo, a partir del 1 de enero de 2013 pasaría de 641,40
euros a 645,30 euros.
UGT y CC.OO. consideran injusta y rechazable la propuesta que les ha
enviado desde el Gobierno de subir el SMI en un 0,6%, cuando su propuesta había
sido una subida mayor para recuperar la pérdida de poder adquisitivo. El PP ve
injustificadas las críticas sindicales a la subida del 0,6% del SMI.
Yo también
me pregunto, si ellos cobraran 645, 30 euros al mes, qué dirían.
Más
información sobre el SMI, AQUÍ
martes, 25 de diciembre de 2012
lunes, 24 de diciembre de 2012
Las Relaciones Especiales de Trabajo por cuenta ajena. Representantes de comercio
Son relaciones
especiales de trabajo aquellas que, por sus especiales características,
requieren una regulación específica.
Representantes de comercio
Colectivo
afectado
Los representantes
que actúan por cuenta de una o más empresas para promover o concertar con otras
empresas operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas, a
cambio de una retribución.
Están excluidos de
esta relación laboral especial los trabajadores que, dedicándose a esta
actividad, la efectúen en locales de la empresa o teniendo en ellos un puesto
de trabajo y estén sujetos al horario laboral de la misma.
Características
- La relación laboral deberá formalizarse en un contrato por escrito en el que se identificarán las operaciones mercantiles a promover o concertar por el trabajador, indicándose en su caso el inventario y valor que se atribuye al mismo.
- Entrega a los representantes legales de los trabajadores de una copia básica del contrato en el plazo de diez días. Igualmente se les notificará en el mismo plazo las prórrogas de dichos contratos, así como las denuncias de los mismos.
- Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del contrato, adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores, si los hubiere.
- El contrato podrá ser por tiempo indefinido o de duración determinada. En este caso, el período inicial más las prórrogas acumuladas, en su caso, no podrá ser superior a tres años.
- El trabajador no estará sujeto a jornada u horario de trabajo concreto, sin perjuicio de las previsiones contenidas en pactos colectivos o individuales.
- Los trabajadores tienen derecho al disfrute de vacaciones anuales y permisos retribuidos de acuerdo con la normativa general.
- Los trabajadores tienen derecho al reconocimiento de la clientela que hayan conseguido como consecuencia de su gestión. Igualmente se les asignará zonas de actuación.
- Los trabajadores son responsables de las pérdidas o deterioros que por su culpa o negligencia pueda sufrir el muestrario o instrumento de trabajo que se le proporcione para el desarrollo del mismo.
- Las retribuciones estarán constituidas por comisiones sobre las operaciones en que hubiera intervenido y fuesen aceptadas por el empresario, por una parte fija y otra por comisiones o exclusivamente en una cantidad fija.
- Las indemnizaciones en caso de despido serán fijadas de acuerdo con lo previsto con carácter general, calculándose su salario en base a los ingresos obtenidos en los dos años anteriores o período inferior, en su caso. En caso de dimisión del trabajador éste deberá notificarlo con una antelación mínima de tres meses.
sábado, 22 de diciembre de 2012
Tuenti University Internship
¿Eres Universitario?
Hay una oportunidad para ti
Programa
de Becas
En Tuenti ofrecen
becas a estudiantes de carreras universitarias que hayan superado al menos el
50% de los créditos o recién licenciados. Aunque está especialmente enfocado a
estudiantes de Ingeniería Informática o de Telecomunicaciones, cualquier
apasionado por la programación puede optar a ellas. Las becas suelen durar 6
meses, durante los que el estudiante, bajo la supervisión de su tutor,
adquirirá conocimientos relevantes en los que quizá no haya tenido la
oportunidad de profundizar a lo largo de sus estudios.
Proyecto
de Fin de Carrera
También es posible
hacer un Proyecto de Fin de Carrera en Tuenti. Este programa también está
orientado a estudiantes de último curso de Ingeniería Informática o de
Telecomunicaciones. Tienen un listado de ideas, pero están abiertos a nuevas
propuestas. Al proyectante se le asignará un tutor por parte de la empresa, que
le ayudará a enfocar el proyecto durante su desarrollo, y el estudiante deberá
buscar un tutor académico que haga lo mismo por parte de la Universidad.
Las Becas y Los Proyectos de
Fin de Carrera son remunerados y pueden llevarse a cabo tanto en Madrid como en
Barcelona.
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