jueves, 25 de octubre de 2012

Portal del emprendedor


El Consell unirá en un portal web toda la información de emprendedores de la Comunitat Valenciana
  
En el portal del emprendedor la Generalitat aglutinará en una web dedicada íntegramente a respaldar y asesorar a los emprendedores valencianos toda la información real de los diferentes departamentos de la Generalitat para desarrollar y poner en marcha una idea de negocio o un proyecto empresarial.

El portal del emprendedor será un punto de encuentro en la red donde los empresarios valencianos tendrán a un solo clik información sencilla y atractiva, todo ello según ha asegurado la Consellera de Educación, Formación y Empleo.

El objetivo es permitir un acceso rápido y fácil a los datos de interés, evitando trámites burocráticos y colas de espera para acceder a la información ofrecida, tanto por la administración como el sector privado.

El portal, se estructura alrededor de contenidos sobre asesoramiento, donde destaca el apartado de agilización de trámites informativos, financiación, ayudas y subvenciones y formación.

La página también contiene información de servicio como "donde puedo acudir en mi ciudad" o enlaces de los organismos de la Generalitat que gestionan competencias relacionadas con el emprendimiento como el Servef, el Invasat, el Impiva, el Ivaj o el Ivf.

miércoles, 24 de octubre de 2012

Empresas en las que trabajar


Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:

Vincci Hoteles Mayoral Industrias Saludes Integra2 Blusens Power Electronics Logista Reca Hispania NACEX BOSLAN Grupo Segura PepsiCo Pronovias Eurotex Caser Residencial Cargill Fluidra Valencia CF Grupo Ágora Gescrap Jimten Grupo Vértice BigMat Cofely GDF SUEZ CLD Industrias Duero Pimkie ISDIN Farggi ECOLAB Grupo Uriach Lyreco Isolux Corsán VÁLVULAS ARCO Grupo Alfa Toys “R” Us Grupo Unide Velatia Call&Play TerraFecundis … y muchas más empresas, que van creciendo día a día, en las que puedes presentar el currículum a través de sus páginas webs o enviando el CV a su correo electrónico de contacto. Pincha AQUÍ




Autoempleo. Otra forma de crear nuestro puesto de trabajo.


Como dicen la FEVECTA:

La falta de empleo es uno de los principales problemas de nuestra sociedad.

Una solución es crear tu propio puesto de trabajo, pero hacerlo solo o sola es más difícil que hacerlo en grupo.

Si tienes un proyecto, una idea, quizás puedas encontrar más gente para llevarla a cabo. Si sois un grupo de gente reflexionando sobre qué hacer, quizás podáis definir mejor un proyecto realizable que os permita trabajar.

Una Cooperativa de Trabajo Asociado es una empresa de autogestión, es decir, es propiedad de los trabajadores que se organizan democráticamente.Si el proyecto se basa, sobre todo, en la capacitación de las personas (conocimientos, habilidades, etc.) y no tanto en la necesidad de capital, la fórmula cooperativa es la más adecuada.

Todo el mundo cuenta. Cada persona tiene un voto en la Asamblea General que es el órgano de decisión más importante. Se trabaja en equipo.

La gestión se encomienda a parte de los socios que forman el Consejo Rector, un órgano también democrático que es elegido por la Asamblea.

Desde su nacimiento en el siglo XIX, las cooperativas se caracterizan por ser empresas donde se prohíbe la discriminación por razones de sexo, raza, creencias religiosas o políticas, y cuyo objetivo es alcanzar las mejores condiciones laborales posibles.

Es una empresa de "economía social", es decir, que tiene tanto fines económicos (ser rentable y proporcionar trabajo a sus miembros), como fines sociales (integrar a los desfavorecidos, respetar y proteger el medio ambiente, el respeto a las personas, etc.)

Se preocupa de la formación de sus socios y trabajadores destinando el diez por ciento de sus beneficios a la formación.

Puede ser la forma de crear un puesto de trabajo que solo o sola no llegarías a conseguir.

Una cooperativa no es algo fácil, hay que trabajar seriamente para sacarla adelante y hay personas que ya han creado una cooperativa que pueden ayudarte.

Pueden ayudarte:
A definir tu plan de empresa y analizar si es viable.
Informándote de las ayudas o las fórmulas para encontrar financiación.
Asesorándote sobre cómo organizar internamente tu cooperativa.
Ofreciéndote la formación que necesitas.
Poniéndote en contacto con otras cooperativas con las que puedes cooperar.
Estando a tu lado cuando lo necesites.

Cualquier tipo de negocio se puede emprender bajo la fórmula cooperativa de trabajo asociado.

Para más información pincha AQUÍ y AQUÍ






martes, 23 de octubre de 2012

Algunas ofertas de empleo


Personal femenino SAGUNTO/SAGUNT (VALENCIA)
Analista con PHP y Joomla ALCOBENDAS (MADRID)
Cristalero MADRID

Empresas en las que trabajar


Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:

Industrias Saludes Integra2 Blusens Power Electronics Logista Reca Hispania NACEX BOSLAN Grupo Segura PepsiCo Pronovias Eurotex Caser Residencial Cargill Fluidra Valencia CF Grupo Ágora Gescrap Jimten Grupo Vértice BigMat Cofely GDF SUEZ CLD Industrias Duero Pimkie ISDIN Farggi ECOLAB Grupo Uriach Lyreco Isolux Corsán VÁLVULAS ARCO Grupo Alfa Toys “R” Us Grupo Unide Velatia Call&Play TerraFecundis … y muchas más empresas, que van creciendo día a día, en las que puedes presentar el currículum a través de sus páginas webs o enviando el CV a su correo electrónico de contacto. Pincha AQUÍ




¿Qué es una cooperativa de trabajo?



Según la FEVECTA (*) una cooperativa de trabajo, es una forma de diferente de hacer empresa.

Una cooperativa es una empresa constituida por personas que se asocian libremente para la realización de actividades encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democráticos, conforme a los Principios Cooperativos.

Una cooperativa de trabajo asociado tiene por objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo, mediante su esfuerzo personal y directo, a través de la organización común de la producción de bienes o servicios para terceros.

Las cooperativas de trabajo asociado conjugan al tiempo profesionalidad, flexibilidad y participación. Representan un modelo de empresa en el que los objetivos económicos y empresariales se integran con otros de carácter social. Se consigue, así, un crecimiento económico basado en el empleo, la equidad social y la igualdad.

Como toda empresa, la cooperativa busca obtener rentabilidad por la actividad realizada. Pero, además, la fórmula cooperativa te ofrece una serie de ventajas que se derivan de un modelo propio de organización interna, así como de los principios en los que basa su filosofía:

  • Es una fórmula de empleo estable: los socios se unen para satisfacer sus necesidades de trabajo en las mejores condiciones posibles.
  • Las personas y el valor del trabajo están por encima del capital aportado. La cooperativa es una organización democrática donde las decisiones se toman de manera igualitaria.
  • Los trabajadores son al mismo tiempo propietarios y gestores de la cooperativa. Por eso existe mayor motivación e identificación con la empresa y su futuro.
  • Es una fórmula empresarial en expansión que ofrece grandes posibilidades a los emprendedores para abrirse camino profesionalmente.



·      (*)FEVECTA es la organización representativa del cooperativismo de trabajo asociado en la Comunidad Valenciana. Es una organización empresarial independiente y plural, el principal objetivo de la cual es la defensa de los intereses de las cooperativas asociadas en el ámbito político, económico e institucional, además del fomento y promoción de nuevas cooperativas.


lunes, 22 de octubre de 2012

Empresas en las que trabajar


Empresas en las que trabajar
Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:

Blusens Power Electronics Logista Reca Hispania NACEX BOSLAN Grupo Segura PepsiCo Pronovias Eurotex Caser Residencial Cargill Fluidra Valencia CF Grupo Ágora Gescrap Jimten Grupo Vértice BigMat Cofely GDF SUEZ CLD Industrias Duero Pimkie ISDIN Farggi ECOLAB Grupo Uriach Lyreco Isolux Corsán VÁLVULAS ARCO Grupo Alfa Toys “R” Us Grupo Unide Velatia Call&Play TerraFecundis … y muchas más empresas, que van creciendo día a día, en las que puedes presentar el currículum a través de sus páginas webs o enviando el CV a su correo electrónico de contacto. Pincha AQUÍ

Contrato indefinido para emprendedores

  
El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores fomenta la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES, que suponen más del 95% del tejido productivo. Para ello, la norma establece una serie de bonificaciones y deducciones fiscales.

Características

Se podrá realizar hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.

-. Para empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.
-. Por tiempo indefinido.
-. Jornada completa.
-. Formalización en el MOD 151 (disponible AQUÍ)
-. Período de prueba un año. Este período de prueba no puede establecerse cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa bajo cualquier modalidad de contratación.

Incentivos

1. Fiscales

-. Primer trabajador contratado por la empresa menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción de 3.000 euros de la cuota íntegra del período impositivo correspondiente a la finalización del período de prueba de un año exigido en el contrato.
-. En caso de contratar a un desempleado perceptor de prestación contributiva, se tendrá derecho a una deducción de la cuota íntegra del período impositivo correspondiente a la finalización del período de prueba de un año exigido en el contrato del 50% del menor de los siguientes importes:
*El importe de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación.
*El importe correspondiente a doce mensualidades de la prestación por desempleo que tuviera reconocida. 

>El trabajador deberá haber percibido la prestación, al menos 3 meses.
>El trabajador proporcionará a la empresa un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de prestación pendiente de percibir en la fecha prevista de inicio de la relación laboral.
>El trabajador podrá compatibilizar, voluntariamente, junto con el salario, el 25% de la cuantía de la prestación que tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación.

Esta deducción se aplicará respecto de aquellos contratos realizados en el período impositivo hasta alcanzar una plantilla de 50 trabajadores y siempre que en los doce meses siguientes al inicio de la relación laboral se produzca, respecto a cada trabajador, un incremento de la plantilla media total de la entidad en, al menos, una unidad respecto a los doce meses anteriores.

2.- Bonificaciones

Las bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social, durante 3 años, para trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo:


Cuantía
Contrato a una mujer en sectores que esté menos representada

Jóvenes
entre 16 y 30 años (ambos inclusive)
Primer año: 83,33 euros/mes (1.000 euros/año).
Segundo año: 91,67 euros/mes (1.100 euros/año).
Tercer año: 100 euros/mes (1.200 euros/año).
Las cuantías se incrementan en 8,33 euros/mes(100 euros/año).
Mayores de 45 años
108,33 euros/mes (1.300 euros/año).
La cuantía será 125 euros/mes  (1.500 euros/año).

Estas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas previstas para la misma finalidad sin que la suma de bonificaciones aplicables pueda superar el 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

Obligaciones de la empresa

-       Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha del inicio de la relación laboral y deberá mantenerse el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores durante, al menos, un año desde la celebración del contrato. En caso de incumplimiento de estas obligaciones se procederá al reintegro de los incentivos.
-       No se considera incumplimiento cuando el contrato se extinga por causas objetivas o despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.

Exclusiones

-       No podrá concertar este contrato la empresa que en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato hubiera adoptado decisiones extintivas improcedente de contratos de trabajo. La limitación afectará a las extinciones producidas con posterioridad a la entrada en vigor de la  Ley 3/2012.
-       Asimismo, será de aplicación el artículo 6 de la Ley 43/2006 a excepción del punto 2 de dicho artículo.

Toda la información sobre el contrato indefinido para emprendedores, AQUÍ