Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:
Feu Vert Aldi Grefusa Alvato
Cuplé Proceli Carmencita Iparlat Kaiku Dupán Martinavarro Grupo J. Carrión Grupo Hospitalario Quirón ECISA beeline Cementos Molins
CHM Infraestructuras Bankinter Zena Ullastres CEVA Avanza Red Bull Caladero CORALIM ADITIVOS Vincci Hoteles Mayoral Industrias Saludes Integra2 … y muchas más empresas, que van creciendo día a día, en las que puedes presentar el currículum a través de sus páginas webs o enviando el CV a su correo electrónico de contacto. Pincha AQUÍ |
martes, 20 de noviembre de 2012
Auto-candidatura en empresas
Algunas ofertas de empleo
AUXILIAR ADMINISTRATIVO LLIRIA (VALENCIA)
AUXILIAR ADMINISTRATIVA (Con discapacidad) LLIRIA (VALENCIA)
FRESADOR CNC RAMA MADERA NAQUERA (VALENCIA)
TECNICO INGLES NIVEL ALTO RIVAS-VACIAMADRID
(MADRID)
Director de empresa MADRID
Ingeniera/o
inyeccion Valencia
Dependiente/a
con minusvalía Valencia
Profesor-a
particular de ingles Valencia
Administrativ@
comercio exterior Valencia
Sobre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
A la Inspección de Empleo y Seguridad Social le
compete de forma específica el control y vigilancia del cumplimiento de la
normativa en el orden social. Esta normativa es muy amplia y comprende, entre
otras materias, la referente a las relaciones laborales, la Seguridad Social,
el empleo o las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. También realiza
funciones de asistencia técnica y de arbitraje, conciliación y mediación.
La función inspectora es desempeñada por los funcionarios del Cuerpo
Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y por los funcionarios
del Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Sólo los primeros
tienen competencias en materia de prevención de riesgos laborales y en materia
de relaciones laborales.
Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir
infracciones en materia laboral, seguridad y salud laboral, Seguridad Social,
empleo, etc. puede solicitar la actuación de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social.
Se puede solicita la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social en las Inspecciones provinciales, Áreas o Dependencias
Provinciales de Trabajo e Inmigración, y unidades correspondientes de las
Comunidades Autónomas a través de una denuncia por escrito.
La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se desarrollará
mediante visita de inspección a los centros o lugares de trabajo, sin necesidad
de aviso previo, pudiendo realizarse dichas visitas por un único funcionario o
conjuntamente por varios y podrá extenderse durante el tiempo necesario.
Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores de
Empleo y Seguridad Social, en el ejercicio de sus funciones, están autorizados
para:
· Entrar libremente en cualquier momento y sin previo aviso en
todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección y a
permanecer en el mismo. Si el centro sometido a inspección coincidiese con el
domicilio de la persona física afectada, deberán obtener su expreso
consentimiento o, en su defecto, la oportuna autorización judicial.
Al efectuar una visita de inspección, deberán comunicar su presencia al
empresario o a su representante o persona inspeccionada, a menos que consideren
que dicha comunicación pueda perjudicar el éxito de sus funciones.
· Requerir información, solo o ante testigos, al empresario o al
personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las
disposiciones legales, así como a exigir la identificación, o razón de su
presencia, de las personas que se encuentren en el centro de trabajo
inspeccionado.
· Exigir la comparecencia del empresario o de sus representantes
y encargados, de los trabajadores, de los perceptores o solicitantes de
prestaciones sociales y de cualesquiera sujetos incluidos en su ámbito de
actuación, en el centro inspeccionado o en las oficinas públicas designadas por
el Inspector o Subinspector actuante.
· Examinar en el centro de trabajo la documentación y los libros
de la empresa con trascendencia en la verificación del cumplimiento de la
legislación del orden social competencia del Inspector o Subinspector actuante.
Dichos funcionarios podrán requerir la presentación de dicha documentación en
las oficinas públicas correspondientes.
· Adoptar, en cualquier momento del desarrollo de sus
actuaciones, las medidas cautelares que estimen oportunas y sean proporcionadas
al fin que se persiga, para impedir la destrucción, desaparición o alteración
de la documentación mencionada en el apartado anterior, siempre que no cause
perjuicio de difícil o imposible reparación a los sujetos responsables o
implique violación de derechos.
Para el desarrollo de las funciones inspectoras, los Inspectores y
Subinspectores podrán solicitar la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.
Para tener toda la información pincha
AQUÍ
lunes, 19 de noviembre de 2012
Salario Mínimo Interprofesional
El Salario
Mínimo Interprofesional, es la cuantía retributiva mínima que percibirá el
trabajador referida a la jornada legal de trabajo en cualquier actividad de la
agricultura, industria o servicios, sin distinción de sexo u edad de los
trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros, o sean personal al servicio
del hogar familiar.
El
salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno, mediante
Real Decreto, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones
empresariales más representativas, teniendo en cuenta el índice de precios al
consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la
participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica
general. La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de
empleados de hogar se fija también en salario/hora.
Igualmente
se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las
previsiones sobre el índice de precios citado.
El salario mínimo interprofesional,
según dispone el Estatuto de los Trabajadores, es inembargable.
En
1998 se equiparó el salario mínimo de los menores de 18 años con el de los
mayores de dicha edad, fijándose un único salario mínimo.
Para
2012 el salario mínimo para cualquier actividad queda determinado en 21,38
euros/día ó 641,40 euros/mes según que el salario esté fijado por días o por
meses.
Este
salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad,
sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos
y festivos.
Las
cantidades indicadas anteriormente se verán incrementadas con los complementos
salariales que correspondan.
En cómputo anual para
2012 la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional, incluidas las pagas
extraordinarias, no será inferior a 8.979,60 euros para trabajadores con
jornada legal completa.
En caso de jornadas
inferiores a las legales se percibirá la parte proporcional.
Para más información pincha AQUÍ
sábado, 17 de noviembre de 2012
Competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral
Nueva convocatoria para el
reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la
experiencia laboral.
Por Resolución de 12
de noviembre de 2012, de la Dirección General de Formación y Colocación de la
Consejería de Trabajo y Bienestar de la Xunta de Galicia se convoca el
procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a
través de la experiencia laboral, correspondientes a las unidades de
competencia de las siguientes cualificaciones profesionales:
Cualificación profesional
|
Código
|
Nivel
|
Plazas convocadas
|
Atención Sociosanitaria a Personas en el
Domicilio.
|
SSC089_2
|
2
|
989
|
Atención Sociosanitaria
a Personas dependientes en Instituciones Sociales.
|
SSC320_2
|
2
|
502
|
Información juvenil.
|
SSC563_3
|
3
|
100
|
Confección y
mantenimiento de artes y aparejos.
|
MAP005_2
|
2
|
200
|
Servicios para el
control de plagas.
|
SEAG028_2
|
2
|
200
|
Socorrismo en
instalaciones acuáticas.
|
AFD340_2
|
2
|
200
|
Socorrismo en
espacios acuáticos naturales.
|
AFD096_2
|
2
|
200
|
El número de plazas
convocadas es de 989 en cada una de las unidades de competencia de la
cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el
domicilio, 502 en cada una de las unidades de competencia de la cualificación
profesional de Atención sociosaniataria a personas dependientes en
instituciones sociales, 100 en cada una de las unidades de competencia de la cualificación
profesional de Información Juvenil y 200 en cada una de las unidades de
competencia de las cualificaciones profesionales de: Confección e mantenimiento
de artes y aparejos, Servicios para el control de plagas, Socorrismo en
instalaciones acuáticas y Socorrismo en espacios acuáticos naturales.
El plazo de
presentación de solicitudes y documentación para las unidades de competencia de
las cualificaciones profesionales de Confección y mantenimiento de artes y
aparejos y de Servicios para el control de plagas será de 30 días naturales
contados a partir del siguiente al de la publicación
de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. El plazo de inscripción
para las unidades de competencias de las cualificaciones profesionales de
Socorrismo en instalaciones acuáticas y de Socorrismo en espacios acuáticos
naturales y de Información Juvenil abarcará desde el 1 al 31 de marzo de 2013,
ambos inclusive.
A las plazas establecidas para las cualificaciones
profesionales de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio y de
Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales sólo
podrán acceder aquellas personas que quedaron en las listas definitivas de
personas en lista de espera en la anterior convocatoria, publicada a través da
resolución del 23 de noviembre de 2011. Estas personas no tienen que presentar
nueva solicitud, ni otra documentación. Sólo tendrán que formalizar el pago de
las tasas de acuerdo con lo que se recoge en la base décima de esta
convocatoria.
Para más información pincha
AQUÍ
viernes, 16 de noviembre de 2012
Algunas ofertas de empleo
Camarero para Almenara CANET D'EN BERENGUER (VALENCIA)
Cocinero para Canet d´en Berenguer
CANET D'EN BERENGUER (VALENCIA)
Camarero en Canet de Berenguer CANET D'EN
BERENGUER (VALENCIA)
LIMPIADOR/A VALENCIA
Camarero/a FUENLABRADA (MADRID)
Se precisa contable MADRID
Personal limpieza MADRID
Maestro/a Educación Primaria València 17120
Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura
El catálogo de
ocupaciones de difícil cobertura contiene las ocupaciones en las que los
Servicios Públicos de Empleo han encontrado dificultad para gestionar las
ofertas de empleo que los empleadores les presentan cuando quieren cubrir
puestos de trabajo vacantes.
El catálogo está
desagregado por provincias, islas en el caso de las Comunidades Autónomas
Baleares y Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y tiene
carácter trimestral, extendiéndose su vigencia desde el primer hasta el último
día laborable del trimestre natural siguiente al de su publicación.
La presencia de una
ocupación en el catálogo de la zona geográfica de que se trate, implica, para
el empleador, la posibilidad de tramitar la autorización para residir y
trabajar dirigida a un trabajador extranjero.
En el caso de que la
ocupación no esté incluida en el catálogo, el empleador deberá presentar una
oferta en la oficina de empleo.
Ejemplo de de
ocupaciones de difícil cobertura
Para buscar en toda
España ocupaciones de difícil cobertura pincha AQUÍ
jueves, 15 de noviembre de 2012
Algunas ofertas de empleo
Instalaciones eléctricas VALENCIA
MECANICO ELECTRICISTA GODELLA (VALENCIA)
MECANICO VEHÍCULOS VALENCIA
PROGRAMADOR .NET COSLADA (MADRID)
Jefe de Proyecto (Con discapacidad)
MADRID
Mozo almacén (Con discapacidad)
MADRID
Mozo almacén turno de noche (Con
discapacidad) MADRID
oficial 1º fontaneria MADRID
Cocinero/a MADRID
Becas Santander de prácticas en Pymes
El Programa está
orientado a complementar la formación de los estudiantes de universidades
españolas, acercándoles la realidad del ámbito profesional, ampliando sus conocimientos
y favoreciendo su contacto con empresas que podrían facilitarles su inserción
laboral.
El Programa “Becas Santander
CRUE CEPYME Prácticas en Empresa”, facilitará y promoverá que al menos 5.000 estudiantes
matriculados en las universidades españolas asociadas a la Conferencia de
Rectores de Universidades Españolas (CRUE), y determinados centros adscritos a
las mismas, puedan realizar prácticas externas durante un período de tres meses
en pequeñas y medianas empresas. (Universidades participantes)
El objetivo es complementar
la formación universitaria de los estudiantes y acercarles a las realidades del
ámbito profesional donde ejercerán su actividad una vez se haya graduado,
estableciendo los contactos entre estos, empresas e instituciones facilitando
así su posterior inserción laboral.
Esta Segunda Convocatoria
del Programa, se desarrollará durante el curso académico 2012/2013, y las
prácticas en empresa podrán realizarse hasta el 30 de septiembre de 2013.
Podrán realizar este
programa de prácticas en empresas los alumnos universitarios que satisfagan los
siguientes requisitos:
• Que estén matriculados en
cualquier enseñanza oficial o propia de grado y máster impartida por la
Universidad o por los Centros adscritos participantes; y aquéllos otros que,
cumpliendo con los mismos requisitos, en virtud de programas de movilidad
académica o de convenios, se encuentran cursando estudios en las mismas.
• Que se encuentren
preferentemente en la segunda mitad del plan de estudios.
• Que no mantengan relación
contractual alguna con una empresa, institución o entidad o con la propia
Universidad.
• Que no hayan participado
con anterioridad como alumno receptor de beca en la primera convocatoria del
programa
La inscripción de los
estudiantes y empresas participantes deberá realizarse entre el 05 de
noviembre de 2012 y 31 de enero de 2013.
Para ver las bases completas de la convocatoria pincha
AQUÍ
Para acceder a la web Becas Santander pincha AQUÍ
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