lunes, 31 de diciembre de 2012

Las Relaciones Especiales de Trabajo por cuenta ajena. Estibadores portuarios


Son relaciones especiales de trabajo aquellas que, por sus especiales características, requieren una regulación específica.
Estibadores portuarios

Colectivo afectado
  • Se consideran estibadores portuarios los contratados por la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios, o SAGEP, (las Sociedades Estatales y las agrupaciones portuarias de interés económico que existieran a la entrada en vigor de la Ley 33/2010, habrán de convertirse en SAGEP, que se constituirían en cada puerto con objeto de asegurar la profesionalidad de los trabajadores que desarrollen actividades portuarias de estiba y desestiba y la regularidad en la prestación de servicios en tales actividades.
  • No será de aplicación esta relación laboral especial a las actividades de carga, estiba, desestiba, descarga y transbordo de mercancías que se realicen en instalaciones portuarias otorgadas en régimen de concesión al titular de una planta de transformación o instalación industrial o a una empresa de su mismo grupo empresarial, no abierta al tráfico comercial general, ni a las que se realicen en régimen de autoprestación.
Características
  • El contrato, que sólo se podrá concertar por tiempo indefinido, se formalizará por escrito en modelo oficial.
  • El Servicio Público de Empleo Estatal expedirá a favor de los trabajadores inscritos certificado acreditativo de la profesionalidad que tuvieran reconocida.
  • Entrega a los representantes legales de los trabajadores de una copia básica del contrato en el plazo de diez días.
  • Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del contrato, adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores si los hubiere.
  • El Servicio Público de Empleo Estatal expedirá a favor de los trabajadores inscritos certificado acreditativo de la profesionalidad que tuvieran reconocida.
  • La asignación de los trabajadores en régimen laboral especial que demanden las empresas accionistas se realizará mediante el sistema de rotación.
  • La relación laboral especial se extinguirá, además de por las causas previstas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, por voluntad de la SGEP cuando el trabajador rechazase reiteradas ofertas de empleo adecuadas a su categoría profesional provenientes de empresas titulares de una licencia del servicio portuario de manipulación de mercancías que deseasen establecer con él una relación laboral común. Para considerar como adecuada una oferta de empleo, la misma deberá garantizar unos ingresos en cómputo anual y en condiciones homogéneas, al menos iguales a los que el trabajador percibiría de seguir vinculado a la SGEP. Se considerará que el rechazo de la oferta es reiterado cuando se produzca habiendo transcurrido menos de dos años desde el rechazo anterior.
  • Los titulares de licencias del servicio de manipulación de mercancías que esté exentos de su participación en la SAGEP conforme a lo previsto en la Ley 33/2010, deberán, en primer lugar, solicitar la puesta a disposición temporal de trabajadores de la SAGEP en los casos en que el personal fijo de la empresa no pueda atender la carga puntual de trabajo. El coste de la puesta a disposición de los trabajadores no será superior al establecido en la SAGEP para la actividad equivalente. En el caso de la que SAGEP no estuviera en condiciones de poner a disposición el personal solicitado, se podrá contratar libremente sin que exceda de un turno de trabajo.
  • Corresponde a la SAGEP el cumplimiento de las obligaciones salariales y de Seguridad Social en relación con los trabajadores por ella contratados que estén en relación laboral especial.
  • La retribución será, en sus modalidades y cuantía, la pactada en convenio colectivo o contrato individual, con respeto, en todo caso, de la normativa sobre salarios mínimos.
  • La empresa usuaria es responsable de garantizar la efectividad del derecho de los trabajadores a la protección en materia de seguridad y salud laboral en el trabajo, así como, en su caso, del recargo de prestaciones de Seguridad Social en caso de accidente de trabajo ó enfermedad profesional que tenga lugar en su centro de trabajo durante el periodo de puesta a disposición del trabajador y traigan su causa de falta de medidas de seguridad e higiene, y de todas las demás responsabilidades atribuidas en materia de prevención de riesgos laborales en cuanto a las relaciones de trabajo temporales o de duración determinada. Igualmente corresponderá a la empresa usuaria el cumplimiento de la normativa legal o convencional referida a tiempo de trabajo y movilidad.
  • Estos trabajadores podrán ser proporcionados temporalmente por las SAGEP a las empresas estibadoras para que realicen los trabajos que no puedan ser cubiertos por el personal propio de cada Empresa.
borconsultores





sábado, 29 de diciembre de 2012

Buscador de Empleo en la Comunidad de Madrid. Servicio Público de Empleo


Para buscar empleo en la Comunidad de Madrid a través del buscador de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, puedes pinchar AQUÍ y aparecerá esta pantalla en tu ordenador.



A partir de este momento puedes buscar las ofertas de empleo por ocupaciones, por oficinas de empleo, localidades, por el número de la oferta (si la conoces) y por fechas. Además las personas con discapacidad pueden seleccionar aquellas en las que se pide el Certificado de Discapacidad.

Yo soy partidario de ver todas las ofertas existente, primero porque todas están activas y en estos momentos hay muy pocas. En segundo lugar, si buscamos únicamente las que hay de nuestra profesión, no habrá o habrá muy pocas, y además nos perderemos otras que también podamos desempeñar.

Si pulsamos la lupa que aparece en la caja de Ocupación Ofertada, aparecen tal cantidad de ocupaciones (hay 2.484) que en la mayoría no hay, ni habrá, ninguna oferta.




En tercer lugar si seleccionamos por oficina o por localidad, también podemos perdernos ofertas que nos interesen en otras localidades.

Desde mi punto de vista la mejor forma de ver las ofertas es seleccionándolas por fechas, puedes comenzar empezando por las dos última semanas e ir remontando hasta ver todas.




De este modo, nos aparecerá un listado con todas las ofertas de ese periodo que están disponibles.




Si estás interesado en alguna oferta puedes dirigirte a la oficina que figura en ella, a la tuya de inscripción o bien comunicar tu interés por medio de la dirección de correo electrónico que aparece en cada oferta.





Para acceder a buscador pincha AQUÍ


viernes, 28 de diciembre de 2012

Universidad Carlos III de Madrid. Servicio de Orientación y Planificación Profesional (SOPP)


El Servicio de Orientación y Planificación Profesional (SOPP) de la Fundación Universidad Carlos III integra las siguientes áreas de actuación:

Bolsa de Empleo:
Gestión de las ofertas y demandas de empleo y prácticas profesionales presentadas por las empresas e instituciones colaboradoras.

Orientación Profesional:
Asesoramiento personalizado sobre aquellos aspectos de índole académica o laboral que favorecen la empleabilidad del universitario.

Formación para el empleo:
Oferta permanente de acciones formativas orientadas a mejorar el desarrollo profesional y la adquisición de competencias para favorecer la inserción en el mercado laboral.

Foro de Empresas:
Punto de encuentro entre las empresas colaboradoras y la Universidad Carlos III de Madrid con el objetivo de propiciar el acercamiento entre mundo empresarial y los estudiantes y titulados.

Observatorio Ocupacional:
Análisis de la proyección social y laboral de las diferentes titulaciones impartidas en la Universidad Carlos III de Madrid, con el fin de medir su impacto y nivel de inserción laboral.


                                                        
Más información. Pincha AQUÍ

jueves, 27 de diciembre de 2012

Algunas ofertas de empleo





Becas de FUNDACIÓN MAPFRE para desempleados


Becas al estudio para personas en situación de desempleo en España (en seguros y gerencia de riesgos)

FUNDACIÓN MAPFRE realiza una convocatoria extraordinaria de 150 becas destinadas a facilitar el acceso a personas en situación de desempleo en España que deseen incorporarse a los cursos e-learning de especialización en Seguros y Gerencia de Riesgos, impartidos por el Instituto de Ciencias del Seguro en la promoción de febrero 2013.

PROGRAMAS DE FORMACIÓN QUE SE INCLUYEN EN LA PROMOCIÓN DE FEBRERO 2013

CURSOS E-LEARNING DE ESPECIALIZACIÓN (60 horas)
  • Introducción al Seguro
  • El Contrato de Seguro
  • Gestión del Seguro del Automóvil
  • Seguros Multirriesgos
  • Seguros de Vida, Salud y Previsión Social
  • El Seguro de Caución
  • El Seguro de Crédito
  • El Seguro de Responsabilidad Civil
  • Reaseguro
  • Contabilidad de Entidades Aseguradoras
  • Gerencia de Riesgos y Seguros en la Empresa
  • Gestión de Recursos Humanos en Empresas de Seguros
  • Dirección Estratégica de Entidades de Seguros
  • Gestión Técnica Pericial de Siniestros de Daños Materiales
  • Fundamentos Técnicos del Seguro
  • Seguros de Daños y de Prestación de Servicios
  • Marketing en Seguros
  • Introducción a Solvencia II


CUANTÍA DE LAS BECAS
La beca cubrirá el 100% de la cuota de inscripción.

PLAZO DE PRESENTACIÓN Y CONCESIÓN DE BECA
El plazo finalizará una vez completado el número de plazas disponibles, considerando como fecha límite de solicitudes el día 25 de enero de 2013.

BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de esta beca aquellas personas que acrediten estar en situación de desempleo en España en el momento de la solicitud, presentando copia de la tarjeta de demanda de empleo en vigor.
Tendrán prioridad las personas que no hubieran solicitado o disfrutado esta beca en las anteriores convocatorias.
Mediante esta modalidad, el beneficiario podrá matricularse en un único curso, a su elección, en la próxima promoción de febrero 2013.
  
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Fotocopia del D.N.I./Pasaporte
Curriculum Vitae
Copia de la tarjeta de demanda de empleo en vigor

Para más información pincha AQUÍ

BORCONSULTORES


miércoles, 26 de diciembre de 2012

El salario mínimo interprofesional (SMI)


El salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros.

El salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno, mediante Real Decreto, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, teniendo en cuenta el índice de precios al consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general.

La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de empleados de hogar se fija también en salario/hora.

Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.

El salario mínimo interprofesional, según dispone el Estatuto de los Trabajadores, es inembargable.

El SMI en España está bastante por debajo de las grandes potencias europeas.


Luxemburgo está a la cabeza con un SMI de 1544 euros, el más alto de la Unión Europea. Holanda, Bélgica o Francia rondan los 1200 euros. En España el SMI en 2012 es de 641 euros, salario muy similar al que tiene países como Grecia, Portugal o Eslovenia. El salario más bajo se cobra en Bulgaria, con 115 euros.

Alemania, por su parte, no posee un salario mínimo para todo el estado, sino que el sueldo mínimo legal se fija en función del sector productivo y la región. En el caso de Italia, el salario mínimo se establece en el convenio colectivo de cada sector.

Como podemos comprobar el SMI en nuestro país es uno de los más bajos de Europa.

Si en el año 2011 el SMI fue congelado, y esto ocurrió por primera vez desde que se creó, para el año 2013, el Gobierno ha propuesto a los agentes sociales subir un 0,6% el SMI, de este modo, a partir del 1 de enero de 2013 pasaría de 641,40 euros a 645,30 euros.
                                                                                                                 
UGT y CC.OO. consideran injusta y rechazable la propuesta que les ha enviado desde el Gobierno de subir el SMI en un 0,6%, cuando su propuesta había sido una subida mayor para recuperar la pérdida de poder adquisitivo. El PP ve injustificadas las críticas sindicales a la subida del 0,6% del SMI.

Yo también me pregunto, si ellos cobraran 645, 30 euros al mes, qué dirían.

Más información sobre el SMI, AQUÍ

lunes, 24 de diciembre de 2012

Las Relaciones Especiales de Trabajo por cuenta ajena. Representantes de comercio



Son relaciones especiales de trabajo aquellas que, por sus especiales características, requieren una regulación específica.

Representantes de comercio

Colectivo afectado

Los representantes que actúan por cuenta de una o más empresas para promover o concertar con otras empresas operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas, a cambio de una retribución.
Están excluidos de esta relación laboral especial los trabajadores que, dedicándose a esta actividad, la efectúen en locales de la empresa o teniendo en ellos un puesto de trabajo y estén sujetos al horario laboral de la misma.

Características

  • La relación laboral deberá formalizarse en un contrato por escrito en el que se identificarán las operaciones mercantiles a promover o concertar por el trabajador, indicándose en su caso el inventario y valor que se atribuye al mismo.
  • Entrega a los representantes legales de los trabajadores de una copia básica del contrato en el plazo de diez días. Igualmente se les notificará en el mismo plazo las prórrogas de dichos contratos, así como las denuncias de los mismos.
  • Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del contrato, adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores, si los hubiere.
  • El contrato podrá ser por tiempo indefinido o de duración determinada. En este caso, el período inicial más las prórrogas acumuladas, en su caso, no podrá ser superior a tres años.
  • El trabajador no estará sujeto a jornada u horario de trabajo concreto, sin perjuicio de las previsiones contenidas en pactos colectivos o individuales.
  • Los trabajadores tienen derecho al disfrute de vacaciones anuales y permisos retribuidos de acuerdo con la normativa general.
  • Los trabajadores tienen derecho al reconocimiento de la clientela que hayan conseguido como consecuencia de su gestión. Igualmente se les asignará zonas de actuación.
  • Los trabajadores son responsables de las pérdidas o deterioros que por su culpa o negligencia pueda sufrir el muestrario o instrumento de trabajo que se le proporcione para el desarrollo del mismo.
  • Las retribuciones estarán constituidas por comisiones sobre las operaciones en que hubiera intervenido y fuesen aceptadas por el empresario, por una parte fija y otra por comisiones o exclusivamente en una cantidad fija.
  • Las indemnizaciones en caso de despido serán fijadas de acuerdo con lo previsto con carácter general, calculándose su salario en base a los ingresos obtenidos en los dos años anteriores o período inferior, en su caso. En caso de dimisión del trabajador éste deberá notificarlo con una antelación mínima de tres meses.

sábado, 22 de diciembre de 2012

Tuenti University Internship


¿Eres Universitario? Hay una oportunidad para ti

Programa de Becas
En Tuenti ofrecen becas a estudiantes de carreras universitarias que hayan superado al menos el 50% de los créditos o recién licenciados. Aunque está especialmente enfocado a estudiantes de Ingeniería Informática o de Telecomunicaciones, cualquier apasionado por la programación puede optar a ellas. Las becas suelen durar 6 meses, durante los que el estudiante, bajo la supervisión de su tutor, adquirirá conocimientos relevantes en los que quizá no haya tenido la oportunidad de profundizar a lo largo de sus estudios.

Proyecto de Fin de Carrera
También es posible hacer un Proyecto de Fin de Carrera en Tuenti. Este programa también está orientado a estudiantes de último curso de Ingeniería Informática o de Telecomunicaciones. Tienen un listado de ideas, pero están abiertos a nuevas propuestas. Al proyectante se le asignará un tutor por parte de la empresa, que le ayudará a enfocar el proyecto durante su desarrollo, y el estudiante deberá buscar un tutor académico que haga lo mismo por parte de la Universidad.

Las Becas y Los Proyectos de Fin de Carrera son remunerados y pueden llevarse a cabo tanto en Madrid como en Barcelona.

Más información AQUÍ

BORCONSULTORES





viernes, 21 de diciembre de 2012

Empleo Público. Suscripción e-mail


En la entrada anterior explicaba cómo puedes ver el Empleo Público a través de la Guía PROP. En esta entrada vamos a ver como suscribirnos para que nos lleguen las ofertas de Empleo Público a nuestro correo electrónico.

Pincha AQUÍ para acceder a la Guía PROP.

Es la misma pantalla que nos apareció en la entrada anterior, pero nos vamos a fijar en la parte inferior izquierda de nuestra pantalla en Sede electrónica.



Pincha en Suscripción e-mail y te aparecerá una pantalla en la que está este apartado.







Te aparecerá esta pantalla



Lee atentamente la pantalla y rellena todos los campos obligatorios.

A partir de ese momento recibirás en tu correo electrónico las Ofertas de Empleo Público y aquella información a la que te hayas apuntado.

jueves, 20 de diciembre de 2012

Algunas ofertas de empleo

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Empleo Público. Guía PROP


Si quieres ver el EmpleoPúblico en la Comunitat Valenciana, y el de otras comunidades, a través del buscador del PROP. Pincha AQUÍ para acceder a la Guía PROP.

Te aparecerá esta pantalla


Pincha en Empleo Público y te aparecerá esta pantalla







En esta pantalla puedes buscar el Empleo Público que desees, bolsas de trabajo, oposiciones, etc., de acuerdo con tus estudios. La búsqueda se puede hacer por puesto de trabajo (por ejemplo: cocinero, auxiliar administrativo, fontanero, arquitecto, médico,…) y mirar el estado de la convocatoria; si está cerrada, pendiente o abierta. Si quieres ver todo el empleo al que puedes acceder con tus estudios, selecciona en titulación el grado al que hayas llegado.




Para suscribirte, para recibir en tu correo electrónico ofertas de Empleo Público, puedes hacerlo en la misma página en el apartado Sede electrónica.

Próxima entrada: Suscripción e-mail para recibir el Empleo Público.


miércoles, 19 de diciembre de 2012

Las Relaciones Especiales de Trabajo por cuenta ajena. Artistas


Son relaciones especiales de trabajo aquellas que, por sus especiales características, requieren una regulación específica.
Relación laboral especial de los artistas

Es la relación establecida entre un organizador de espectáculos públicos o empresario y quienes se dediquen voluntariamente a la prestación de una actividad artística por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de aquéllos, a cambio de una retribución.

Colectivo afectado
  • Quien desarrolle una actividad artística directamente ante el público o destinada a la grabación de cualquier tipo para su difusión entre el mismo, en medios como teatro, cine, radiodifusión, televisión, plazas de toros, discotecas y en general cualquier local destinado, habitual o accidentalmente, a efectuarlos públicamente.
  • La Autoridad Laboral podrá autorizar excepcionalmente la participación de menores de 16 años en espectáculos públicos, siempre que dicha participación no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana. La autorización deberán solicitarla los representantes legales del menor y la concesión de la misma deberá constar por escrito. Con el acta de autorización corresponde al padre o tutor la celebración del contrato.
  • Las actuaciones artísticas en un ámbito privado estarán excluidas de esta relación laboral.
Características
  • El contrato se formalizará por escrito y se comunicará a los Servicios Públicos de Empleo el contenido del mismo en el plazo de diez días hábiles.
  • Período de prueba: se podrá fijar para contratos de duración superior a diez días, y será de cinco días en contratos de duración inferior a dos meses, de diez días en los de duración no superior a seis meses y quince días en los restantes.
  • La duración del contrato se fijará por las partes, pudiendo celebrarse por actuaciones, temporada o tiempo que una obra permanezca en cartelera.
  • Jornada: comprenderá la actividad artística ante el público y los períodos de ensayo o de grabación, estándose en todo caso al máximo establecido con carácter general.
Indemnización por extinción del contrato
  • De no estar fijadas en pacto individual o convenio colectivo, será de siete días de salario por año de servicio.
  • El incumplimiento del contrato por el empresario o por el artista, que conlleve la inejecución total de la prestación artística, se regirá por lo establecido al respecto en el Código Civil.
borconsultores






martes, 18 de diciembre de 2012

Empleo. Base Logística de la ONU


Un trabajo en la Base Logística de las Naciones Unidas ofrece oportunidades significativas para contribuir a la paz y la seguridad en el mundo.

Para solicitar una vacante en la Base Logística, tienes que descargar y completar el P-11 (Formulario de solicitud). El siguiente paso es presentar la solicitud en la Sección de Personal a través del correo electrónico personnel@unlb.org. El formulario de solicitud debe ser cumplimentado en inglés.

Base Logística no tiene en cuenta las auto-candidaturas. Sólo las solicitudes presentadas para las vacantes anunciadas son las evaluadas.

Los candidatos que cumplan los requisitos y sean preseleccionados para el puesto serán contactados para una entrevista (suele ser telefónica y en inglés).

Ofertas de empleo
Formulario de solicitud
  
P-11 Formulario de solicitud, descarga AQUÍ

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