lunes, 18 de marzo de 2013

Prestaciones de nivel no contributivo. Prestaciones familiares


Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples

Beneficiarios

Tendrán derecho a la prestación quienes reúnan los siguientes requisitos:
-. Residan en territorio español.
-. No tengan derecho ni los progenitores ni los adoptantes, a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

Hijos que dan derecho a la prestación
-. Son causantes de la prestación los hijos nacidos de partos múltiples cuando el número de nacidos sea igual o superior a dos, así como los hijos adoptados cuando el número sea igual o superior a dos. El nacimiento o la formalización de la adopción ha de producirse en España,  cuandoel nacimiento o la adopción tenga lugar en el extranjero,dentro de un plazo máximo de noventa días a contar desde su nacimiento o formalización de la adopciónserá necesario acreditar que el hijo se ha  integrado de manera inmediata en un núcleo familiar con residencia en España.
-. En los casos de parto o adopción múltiple, cuando uno de los hijos esté afectado por una discapacidad igual o superior al 33 por ciento computará doble.

Determinación del beneficiario
-. En el supuesto de convivencia de los progenitores o adoptantes, será beneficiario cualquiera de ellos, determinado de común acuerdo. Se presumirá que existe acuerdo cuando la prestación se solicite por uno de aquéllos. A falta de acuerdo será beneficiaria la madre.
-. Cuando no convivan, será beneficiario el que tenga a su cargo la guarda y custodia de los hijos.
-. Cuando los causantes queden huérfanos de ambos o sean abandonados, será beneficiaria la persona física que legalmente se haga cargo de los nacidos o adoptados.

Cuantía

Una cantidad en pago único en función del número de hijos nacidos o adoptados:
-. 2 hijos, 4 veces el importe mensual del Salario Mínimo Interprofesional, 2.565,60 euros para el año 2012.
-. 3 hijos, 8 veces el importe mensual del Salario Mínimo Interprofesional, 5.131,20 euros para el año 2012.
-. 4 hijos y más, 12 veces el importe mensual del Salario Mínimo Interprofesional, 7.696,80 euros para el año 2012.

Solicitud
La solicitud y presentación de la documentación correspondiente se efectuará en las Oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Compatibilidad
-. Con la prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.
-. Con las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo.
-. Con otras ayudas análogas concedidas por una Administración Local o Autonómica.
-. Con el subsidio especial de maternidad por parto o adopción múltiples.

Incompatibilidad
-. Entre ambos progenitores o adoptantes. El derecho a percibirla sólo podrá ser reconocido en favor de uno de ellos.
-. Con la percepción, por parte de los progenitores o adoptantes, de cualquier otra prestación análoga establecida en los restantes regímenes públicos de protección social.