sábado, 4 de mayo de 2013

Información sobre los subsidios de desempleo actualizado a abril de 2013


¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener a su cargo al cónyuge o a algún hijo, por naturaleza o adopción menor de 26 años o mayor discapacitado, o menor acogido, que no tenga ingresos superiores a 483,98 € al mes y la suma de todos los ingresos, dividida entre el número de miembros que componen la unidad familiar, no supere dicha cantidad.

¿Qué rentas se tienen en cuenta?
Los ingresos que obtenga Ud. y los miembros de su unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguridad Social por hijo a cargo.
El 4% del valor del patrimonio que no produzca ingresos, exceptuando su vivienda habitual.
No se descuentan de las rentas los gastos que Ud. o los miembros de su unidad familiar puedan tener, excepto los que destine, en su caso, a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.

¿Qué tipos de subsidios puede solicitar como desempleado?
•      Por agotamiento de la prestación contributiva.


•      Por pérdida de empleo.


•      Para mayores de 55 años.


•      Otros subsidios
-. Emigrante retornado.


-. Liberados de prisión.


-. Revisión de invalidez.


Plazo para solicitar y duración de los 3 subsidios


¿Qué requisitos son comunes a todos ellos?

•      No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
•      Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
•      No tener ingresos propios superiores a 483,98 € mensuales.

Durante toda la percepción del subsidio debe mantener todos los requisitos.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?
426.00 € mensuales.

En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas trabajadas

¿Dónde debe presentar la solicitud?
A través de la página https://sede.sepe.gob.es o en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o en el teléfono 901 01 02 10), en cualquier oficina de registro público o dirigiéndola por correo administrativo.