jueves, 28 de marzo de 2013

Ashoka. Emprendedores Sociales Innovadores


Ashoka es la mayor red internacional de Emprendedores Sociales Innovadores. Una organización global, independiente y sin ánimo de lucro que lidera la apuesta por la innovación y el emprendimiento social, construyendo una sociedad de ciudadanos que sean actores de cambios (Changemakers). Ashoka apoya el trabajo de 3.000 emprendedores sociales en 71 países. España, en la actualidad, da soporte a 23.

El fundador de Ashoka, el estadounidense Bill Drayton, ha recibido el premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional 2011 como reconocimiento a una vida dedicada a hacer del mundo un sitio mejor para vivir y por haber acuñado el término Emprendedor Social.

La visión de Ashoka es un mundo de actores de cambio. Un mundo en el que todas las personas se sientan con la capacidad, el apoyo y la libertad de actuar para mejorar su entorno y ofrecer respuestas a los problemas sociales más urgentes. Un mundo mejor y una sociedad más justa. Todo el mundo puede cambiar el mundo. Todos podemos ser Changemakers.

Ashoka apuesta por la construcción de un ecosistema para el emprendimiento social que sea profesional y competitivo. Un ecosistema que integre a la ciudadanía y a las instituciones públicas y privadas para liderar la innovación y el cambio social.

Para impulsar el cambio social a través de la innovación y el emprendimiento social, Ashoka trabaja en tres niveles: el apoyo individual a los emprendedores sociales innovadores, el impulso al emprendimiento colaborativo y en red, y la construcción de un ecosistema de emprendimiento social eficiente para resolver los problemas de la sociedad.

Ashoka selecciona Emprendedores Sociales líderes como miembros de la Red Ashoka, proporcionándoles un estipendio durante tres años para consolidar y difundir su innovación social. Estos Emprendedores Sociales se convertirán en importantes referentes para la sociedad, siendo líderes accesibles y empáticos que empoderan a otros para que tomen la iniciativa social y animando a nuevas generaciones de impulsores de cambio locales.

Ashoka selecciona a sus Emprendedores Sociales a través de un riguroso proceso de selección en el que comprueba si cumplen los criterios de selección:
Una idea innovadora
Creatividad
Calidad emprendedora
Impacto social
Ética incuestionable

Ashoka apoya a hombres y mujeres con soluciones innovadoras que aceleran la transformación social. Personas que combinan una visión creativa de las necesidades sociales con una capacidad emprendedora, unos principios éticos sólidos y la determinación para hacer realidad sus ideas a gran escala.

Jóvenes Changemakers
Este programa apoya a jóvenes de entre 14 a 22 años a llevar a cabo proyectos para mejorar la sociedad, desde una idea para mejorar su comunidad hasta iniciativas de cooperación internacional. Ofrece talleres, formación para desarrollar planes de acción, capital semilla, apoyo y acompañamiento y, más importante, acceso a la red global de cerca de 3.000 Jóvenes Changemakers en casi 20 países.

Retos, Soluciones
Retos, Soluciones quiere responder a los retos clave de la sociedad española impulsando la identificación y puesta en marcha de soluciones promovidas por personas que quieren contribuir a mejorar la sociedad.

Innovando en Discapacidad
Es un programa anual que pone en marcha de la mano de Fundación Once con el objetivo de inyectar innovación social en el ámbito de la discapacidad en España.

Innovando en Discapacidad, será un encuentro con entidades y familias que se celebrará los próximos 17, 18 y 19 de abril.

Para más información sobre Ashoka pincha AQUÍ

miércoles, 27 de marzo de 2013

Formación en Siemens


La semana pasada, varios periódicos decían que la consellera de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya ha firmado un convenio de colaboración con la empresa Siemens para impartir un Ciclo Formativo de Grado Medio de Formación Profesional (FP) de Mantenimiento Electromecánico de Modalidad Dual, en dos institutos de Barcelona.

El convenio permitirá a los alumnos alternar la formación en el centro educativo y el trabajo en la empresa.

Ya existen otras empresas que imparten Formación Profesional Dual, un ejemplo es SEAT.

Programa europeo de formación técnica en Berlín

Otra oportunidad que ofrece SIEMENS a los estudiantes, es el Programa europeo de formación técnica en Berlín.

Si quieres desarrollar una formación profesional técnica en un entorno internacional y en una de las Empresas líderes con presencia mundial, puedes formarte a nivel teórico y práctico a través de este programa Formación Técnica.

Siemens España te ofrece realizar un programa de formación internacional en las áreas de Mecánica y Electrónica/Electricidad.

Se desarrollará en Berlín y dará comienzo el 1 de agosto de 2013. Su duración será de tres años y medio. Durante todo el programa contarás con un mentor de uno de los sectores que te apoyará y guiará en las tareas más relevantes desde España.

Los exámenes se harán en alemán. El programa incluye un curso en ese idioma.

Examen final en alemán homologado por la Cámara de Comercio Alemana (IHK).

Requisitos:
Tener entre 18 y 22 años.
Bachillerato / Formación Profesional Grado Medio - Electricidad y Electrónica / Mecánica. O si has empezado una carrera, pero quieres cambiar a un entorno teórico/práctico.
Imprescindible nivel de inglés B2  (medio-alto).
Se valorarán conocimientos de alemán.

Otras ventajas:
Percibirás una ayuda de 785€ mensual el primer año que se irá incrementando hasta 921€ el último año.
30 días de vacaciones.
Alojamiento, incluido gas y electricidad, serán abonados por la Compañía.

Una vez diplomado, la incorporación en la compañía para iniciar tu carrera como técnico/a será en España.

Para más información e inscribirte, pincha AQUÍ

borconsultores

martes, 26 de marzo de 2013

Oferta de empleo público para el año 2013


El Consejo de Ministros aprobó el viernes 22 de marzo la Oferta de Empleo Público (OEP) de la Administración General del Estado para 2013, que incluirá en total 1.221 plazas sumando las de nuevo ingreso y las de promoción interna, aunque sin incluir las de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuya convocatoria se aprobará más adelante.

El Boletín Oficial del Estado Núm. 71 de sábado 23 de marzo de 2013 publica el Real Decreto 218/2013, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2013.

La Oferta de Empleo Público 2013 incluye las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal como establece el Estatuto Básico del Empleado Público, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, establece que, a lo largo del presente año, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la limitación una serie de sectores y administraciones.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, se aprueba la oferta los términos que se establecen en este real decreto:

-. En anexo I se incluyen las plazas que se autorizan en la Administración General del Estado para ingreso de nuevo personal con especificación de los Cuerpos y Escalas de personal funcionario o Convenio Colectivo en el caso de personal laboral, distribuyendo el número de plazas para cada uno de los colectivos mencionados.
-. En el anexo II se incluyen las plazas de personal estatutario para la Red Hospitalaria de la Defensa.
-. En el anexo III se incluyen las plazas de personal al servicio de la Administración de Justicia, distinguiendo en el número de plazas las que corresponden al ámbito del Ministerio de Justicia de las que son propias de Comunidades Autónomas que han recibido traspasos de medios personales en esta materia.
-. En el anexo IV se incluyen igualmente las plazas de Cuerpos de funcionarios docentes no universitario en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado.
-. En el anexo V se incluyen las plazas que se autorizan por promoción interna, detallando su distribución entre los Cuerpos y Escalas de funcionarios de la Administración del Estado que se mencionan.

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lunes, 25 de marzo de 2013

Sobre el emprendedor


Ayer día 24 de marzo apareció en el diario El País, un artículo de Luis Gómez sobre el tema del emprendedor. Lo considero muy interesante y muy acertado por lo que me permito reproducirlo a continuación. Solo resalto en negrita lo que considero muy interesante y además en lo que estoy totalmente de acuerdo.

Ponga un emprendedor en su discurso (político)

Emprender es la palabra mágica, el mantra que inspira a políticos de todos los colores. Llegará el emprendedor y nos salvará de la crisis. A cambio, el gobernante le promete el paraíso: ayudas, rebajas fiscales, asesoramiento, financiación y premios, sobre todo muchos premios. Cinco leyes autonómicas (más otra en estudio en Castilla y León) y un decreto ley del Gobierno después, la situación es un caos y el panorama desolador: buena parte de las nuevas empresas son bares y tiendas.

Decenas de fundaciones, portales webs, semilleros, ventanillas únicas, agentes de emprendimiento y entidades públicas de dudosa eficacia se diseminan por el territorio nacional, de tal suerte que da la impresión de que hay más asesores que emprendedores en España. La iniciativa más imitada es la instauración del Día del Emprendedor con un guión inalterable: testimonio de jóvenes empresarios, discurso del político local y cóctel de clausura.

Expertos consultados coinciden en que hay más voluntad que acierto, demasiada propaganda y mucha confusión sobre el verdadero perfil de un emprendedor. Ninguno es capaz de elogiar el trabajo de una comunidad autónoma. “Tiende a confundirse emprendimiento con autoempleo, que es otra cosa”, señala Javier Megías, consultor y asesor de la Comisión Europea. “En Internet se huye de lo público porque te hace perder el tiempo”, dice Víctor Martín, de Loogic. Más duro es Pedro Nueno, experto del IESE y fundador de sociedades de capital riesgo: “Generalmente, los políticos no saben de lo que hablan cuando se refieren a emprendedores. Han enfatizado tanto la idea de que es necesario emprender que corremos el riesgo de que los chicos jóvenes se pongan delante de un ordenador y se vean en el espejo como futuros Bill Gates, dejen de estudiar, consigan un subsidio de 5.000 euros y seis meses después descubran que se lo han gastado y no saben nada. Este es un efecto que nadie lo ha medido”. Nueno señala que España necesita “buenas nuevas empresas”: "Se mira a Estados Unidos y allí lo que ha pasado es que gente que ha hecho su carrera o ha investigado, luego ha trabajado y, en un momento dado, ha visto su oportunidad. No he visto una buena empresa que no necesite menos de 300.000 euros”, concluye. Las ayudas en España rondan entre los 1.000 y los 10.000 euros.

Lo más interesante para un emprendedor es que eliminen obstáculos a su alrededor (impuestos sobre todo) y que alguien financie su aventura. Y en este punto los expertos señalan también la figura del emprendedor por necesidad y la del cazador de subvenciones. Un ex alto cargo de un gobierno regional reconocía la disputa entre los consejeros de empleo y fomento por el dinero de las ayudas. “Se suele confundir con promocionar el autoempleo”, manifestó. “Y nunca nos gastábamos el dinero presupuestado para emprendedores porque no aparecían verdaderos proyectos”. Según una encuesta de Mapfre, el 26,8% de los jóvenes emprendedores tiene estudios primarios.

sábado, 23 de marzo de 2013

Programa de autocálculo de prestación por desempleo


El Programa de autocálculo de prestación por desempleo, facilita información al ciudadano sobre la duración e importe de la prestación por desempleo que pudiera corresponderle en base a los datos introducidos por usted, sin efectuar ninguna comprobación sobre su veracidad o coincidencia con los datos que constan en las bases de datos del Servicio Público de empleo Estatal.

Para acceder a este servicio no es necesario identificarse con certificado digital ni usuario y contraseña, su acceso es libre.

Si accedes a la sede electrónica del SEPE aparecerá la siguiente pantalla:

















Puede elegir la opción que le interese y, contestando a unas breves y sencillas preguntas que le hará el programa en función de los datos que vaya introduciendo, obtendrá la duración e importe aproximado de su prestación por desempleo. 


Si has finalizado tu contrato y deseas saber qué prestación o subsidio te corresponde








Si has agotado la prestación contributiva por desempleo y deseas saber si tiene derecho a subsidio






Para acceder al Programa de autocálculo de prestación por desempleo pincha AQUÍ

borconsultores

viernes, 22 de marzo de 2013

Prestaciones de nivel no contributivo. Resumen


Las prestaciones no contributivas se entregan a los ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad aunque no hayan cotizado nunca o, habiendo cotizado, no lo hayan hecho durante el tiempo exigido en cada caso para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Su cobro se condiciona a un nivel máximo de ingresos.

Jubilación
Prestación periódica que se concede por causa de la edad.
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Invalidez
Prestación periódica que se reconoce por padecer un determinado grado de discapacidad.
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Prestaciones familiares
Tipos de prestaciones familiares no contributivas
-. Asignación económica por cada hijo a cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor de dicha edad si está afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación de aquél, así como por los menores acogidos, en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo.
-. Prestación económica de pago único a tanto alzado por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas
-. Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples

Asistencia sanitaria
Se prestará con el mismo contenido y extensión que el establecido para el Régimen General de la Seguridad Social.

La competencia de la gestión está transferida a todas las Comunidades Autónomas, excepto a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, donde le corresponderá al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Asistencia sanitaria para personas sin recursos económicos suficientes

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jueves, 21 de marzo de 2013

La Comisión Nacional de la Competencia convoca siete becas


La Comisión Nacional de la Competencia es un organismo público encargado de preservar, garantizar y promover la existencia de una competencia efectiva en los mercados en el ámbito nacional, así como de velar por la aplicación coherente de la Ley de Defensa de la Competencia.

La convocatoria es de siete becas en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de contribuir a la formación teórico-práctica en materia de defensa de la competencia.

Dotación
13.500 euros brutos por beca convocada, cantidad que comprenderá todos los impuestos, gastos y contribuciones sociales que, en su caso, correspondan. En consecuencia, la cuantía total destinada a estos efectos será de 94.500 euros.

Duración
Nueve meses. Si la duración excede del ejercicio presupuestario 2013, su continuidad hasta la máxima duración prevista estará condicionada a la existencia de disponibilidad presupuestaria en el ejercicio 2014.

Requisitos de los candidatos.
-. Poseer la nacionalidad española o de otro Estado Miembro de la Unión Europea.
Los solicitantes cuya lengua materna sea distinta del castellano deberán acreditar un perfecto dominio del mismo.
-. Estar en posesión de titulación universitaria superior (licenciatura, grado o equivalente) en los campos del Derecho, la Economía o la Empresa, obtenida en el año 2011 o posteriores.
-. No haber disfrutado con anterioridad de otras becas de formación en la Comisión Nacional de la Competencia.
-. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones que para ser beneficiario de subvenciones establece el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (lunes 18 de marzo de 2013).

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miércoles, 20 de marzo de 2013

Las grandes empresas aseguran que la crisis “se está acabando”


He leído en algún periódico que, según un estudio de una prestigiosa empresa de recursos humanos, el 60% de las empresas españolas tiene previsto contratar personal este año, porcentaje que se halla por debajo del de países como Reino Unido y Alemania, donde el 90% de las compañías hará nuevas contrataciones, y de Holanda y Francia, donde algo más de ocho de cada diez empresas se plantean incrementar la plantilla este año.

Por otro lado las grandes empresas aseguran que la crisis “se está acabando” y será a partir del cuarto trimestre de 2013 cuando la economía española  comenzará a crecer y a crear empleo. Según las estimaciones de las mayores compañías españolas ven que este año será el de la transición hacia la salida de la crisis.

Este repunte en la actividad provocará que para finales de 2013 la economía española comience a crear empleo.

Bueno, esperemos que las grandes empresas no se equivoquen en sus previsiones y que el 60 % de contratación de las empresas que nos habla el estudio se cumpla.

De todas formas me parece todo un exagerado, solo hay ver las ofertas de empleo que publican algunos portales especializados como Infojobs o Infoempleo, las ofertas del SEPE, de las Agencias de Colocación o de algunas Empresas de Trabajo Temporal.

Además si echamos un vistazo a las ofertas, vemos que las mayores demandas de empleo están en informática y tecnología, y en comercial y ventas. También tenemos que ver los tipos de contratos que nos ofertan.

Si son las ventas y el comercio, y las nuevas tecnologías las que proporcionan más empleo y lo seguirán proporcionando, habrá que formar a las personas para que se cubran esos puestos de trabajo y los que se creen en un futuro cercano.

martes, 19 de marzo de 2013

Prestaciones de nivel no contributivo. Asistencia sanitaria


Asistencia sanitaria

Tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos destinados a conservar o restablecer la salud de los beneficiarios.

Se prestará con el mismo contenido y extensión que el establecido para el Régimen General de la Seguridad Social.

La competencia de la gestión está transferida a todas las Comunidades Autónomas, excepto a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, donde le corresponderá al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Asistencia sanitaria para personas sin recursos económicos suficientes

Beneficiarios
Los siguientes colectivos que se encuentren en territorio español:
-. Españoles.
-. Extranjeros residentes (con tarjeta o permiso de residencia).
-. Extranjeros menores de 18 años que recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.
-. Otros extranjeros no incluidos en los apartados anteriores, a los que se les atenderá exclusivamente de urgencia ante la contracción de enfermedades graves o accidentes, hasta la situación de alta médica y en el caso de extranjeras embarazadas, durante el embarazo, el parto y hasta seis semanas después de producirse éste.

Requisitos
Con carácter general para todos los colectivos:
-. No tener derecho a la asistencia sanitaria por cualquier régimen de la Seguridad Social como titular o beneficiario.
-. Carecer de rentas de cualquier naturaleza en cómputo anual que sean superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Se reconocerá, asimismo, este derecho, aunque superen dicho límite, si el cociente entre las rentas anuales y el número de menores y/o incapacitados a cargo fuera igual o menor a la mitad del citado indicador.
-. Para los españoles, deberán cumplir los requisitos indicados con carácter general y residir en territorio español.

Para los extranjeros, además de los requisitos establecidos con carácter general, deberán cumplir alguno de los siguientes:
-. Residir en España (con tarjeta o permiso de residencia).
-. Acreditar una edad menor de 18 años.
-. No tener derecho a asistencia sanitaria por alguno de los países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o país con el que España tenga suscrito Convenio Bilateral de Seguridad Social que proteja la contingencia de asistencia sanitaria.
-. En el supuesto de no cumplir los requisitos citados, se les atenderá exclusivamente de urgencia ante la contracción de enfermedades graves o accidentes hasta la situación de alta médica, y en el caso de extranjeras embarazadas, durante el embarazo, el parto y hasta seis semanas después de producirse éste.

Prestación
La asistencia sanitaria se prestará con el mismo contenido y extensión que el establecido para el Régimen General de la Seguridad Social, en dependencias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla u órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas, con excepción de los extranjeros que no tengan residencia legal en España y no se encuentren empadronados en su municipio o no acrediten una edad inferior a los 18 años, en cuyo caso la asistencia se prestará exclusivamente de urgencia ante la contracción de enfermedades graves o accidentes, y en caso de embarazo, una vez constatado éste, durante el mismo y hasta seis semanas después del parto.

En los casos de beneficiarios mayores de 65 años, esta prestación se dispensará en las mismas condiciones que a los pensionistas del Régimen General de la Seguridad Social.

Tramitación
Los impresos de solicitud serán facilitados gratuitamente a los interesados en todos los Centros y dependencias provinciales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta y Melilla, en los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en la Tesorería General de la Seguridad Social y en los Ayuntamientos con los que se haya establecido Convenio.

Dichos impresos podrán solicitarse también por correo a las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta y Melilla y a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

A la solicitud se acompañará, según los casos, la siguiente documentación:

-. Declaración de los ingresos y rentas de cualquier naturaleza, incluidos los procedentes del derecho a alimentos, de los que disponga directa o indirectamente, tanto el solicitante como las personas que con él convivan, que se realizará en el modelo de la propia solicitud.
-. Copias de las declaraciones del impuesto sobre la renta del último ejercicio, caso de que el solicitante o algún otro miembro de la unidad familiar viniera obligado a realizarla.
-. Declaración de la situación de convivencia y dependencia económica del solicitante de los menores o incapacitados que se relacionan en el modelo de solicitud y del número de miembros que componen la unidad familiar y que se realizará en el mismo modelo.
-. Declaración de no estar incluidos ni el solicitante ni los menores o incapacitados que con él convivan en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social, bien sea como titular o beneficiario con derecho a la asistencia sanitaria y de que carecen de cualquier tipo de protección sanitaria pública, que también se realizará en el modelo de solicitud.
-. Fotocopia del Libro de Familia.
-. Certificación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o de los órganos competentes, acreditativa de la discapacidad de las personas que, como incapacitadas, figuran en la solicitud.

Además de la documentación indicada, los extranjeros beneficiarios acreditarán en cada caso la situación que les da derecho:
-. Acreditación de la residencia en España.
-. Acreditación de ser menor de 18 años.

Los impresos de solicitud, una vez cumplimentados, junto con la documentación expresada anteriormente, deberán presentarse en los Centros de Salud, Direcciones Sectoriales y aquellas Unidades del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria expresamente autorizadas por las Direcciones Provinciales del citado Instituto en Ceuta y Melilla o correspondientes de la Comunidad Autónoma. La remisión podrá realizarse igualmente por correo.

Una vez concedida la prestación, se procederá a comunicarlo por certificación acreditativa, que tendrá validez provisional como documento de acceso a los servicios sanitarios.

Se facilitará una tarjeta sanitaria individual para el solicitante y cada uno de los menores o incapacitados que convivan con él y a su cargo.