martes, 16 de octubre de 2012

Algunas ofertas de empleo


Teleoperador/a Valencia
Varios puestos (Con discapacidada) MADRID
PSICÓLOGA/O  MADRID
Administrativo/a para BackOffice Bancario.  (Con discapacidada) SAN SEBASTIAN DE LOS REYES (MADRID)
ADMVO COMERCIAL CON INGLÉS DAGANZO DE ARRIBA (MADRID)

Empresas en las que trabajar


Empresas en las que trabajar.

¿Se puede denunciar anónimamente?


Tomar la decisión de denunciar a la empresa en la que trabajamos por las irregularidades que existen en nuestros puestos de trabajo, en las instalaciones de la empresa, la seguridad, etc., es bastante difícil. Es muy normal que exista temor a posibles represalias y, hasta última instancia, la posibilidad de perder el trabajo.

Hay personas que me han preguntado si podían poner una denuncia anónima a la empresa en la que trabajan, porque pensaban que no cumplían la ley. Como sé que esta pegunta se la plantean muchos trabajadores, me gustaría que leyerais lo que dice la página web del Ministerio de Empleo, sobre el tema en cuestión.

Conforme al artículo 13.2 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, no se tramitarán las denuncias anónimas, siendo la identificación del denunciante necesaria para la remisión del informe sobre las actuaciones de comprobación y medidas administrativas llevadas a cabo con relación a los hechos denunciados y frecuentemente utilizada por el funcionario actuante para aclarar o completar ciertos extremos de la denuncia; todo ello, sin perjuicio de la posibilidad del propio denunciante de solicitar cita con dicho funcionario.
Los Inspectores y Subinspectores tienen el deber de considerar confidencial el origen de las denuncias, estando obligados a no revelar la identidad de los denunciantes a las empresas objeto de inspección.”

Es difícil tomar la decisión de denunciar, pero como trabajadores debemos conocer cómo se pueden denunciar las situaciones que no cumplan la legislación vigente, y para que nos asesore está la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), dependiente de la Subsecretaria de Trabajo e Inmigración, es la organización administrativa responsable del servicio público de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social que incluye los servicios de exigencia de las responsabilidades administrativas pertinentes en que puedan incurrir empresas y trabajadores así como el asesoramiento e información a los mismos en materia laboral y de seguridad social (que pueda suscitarse con ocasión del ejercicio de la acción inspectora).

Para conocer las direcciones de la ITSS, pincha AQUÍ