Destinatarios.
a) Los aspirantes a
vigilantes de seguridad y sus especialidades (escoltas privados y/o vigilantes
de explosivos) que acrediten haber superado el curso o cursos correspondientes
en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría
de Estado de Seguridad.
b) El personal de
seguridad privada debidamente habilitado que, habiendo permanecido inactivo más
de dos años, deba someterse a nuevas pruebas para poder desempeñar las
funciones que le son propias, conforme al artículo 10.6 de la Ley 23/1992, de
30 de julio, de Seguridad Privada.
c) A las
especialidades de escoltas privados y/o vigilantes de explosivos podrán participar
los aspirantes que ya sean vigilantes de seguridad y acrediten haber superado el
curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad
privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad.
Requisitos
generales.
a) Ser mayor de edad
y no haber cumplido cincuenta y cinco años.
b) Tener la
nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un
Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le
sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme
al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
c) Estar en posesión
o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
d) Poseer la aptitud
física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de
vigilante de seguridad y reunir los requisitos necesarios para prestar
servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real
Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de
la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar
servicios de seguridad privada.
e) Carecer de
antecedentes penales.
f) No haber sido
condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a
las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años
anteriores a la solicitud.
g) No haber sido
sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción
grave o muy grave en materia de seguridad.
h) No haber sido
separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.
i) No haber ejercido
funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad,
vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la
solicitud.
j) Poseer diploma o
certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes
en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría
de Estado de Seguridad.
Requisitos
específicos.
Además de los
requisitos generales que se determinan en el apartado anterior, los aspirantes
a la especialidad de escoltas privados habrán de tener una estatura mínima de
1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
Carencia
de requisitos.
Si en algún momento
del procedimiento, desde la publicación de la lista de convocados hasta la
publicación de la lista de los declarados aptos, se tuviere conocimiento de que
algún aspirante no posee la totalidad de los requisitos exigidos por las
presentes bases de convocatoria, el Tribunal Calificador acordará su exclusión,
comunicando, en su caso, a la Secretaria de Estado de Seguridad, las
inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer, sin perjuicio de la responsabilidad
a que hubiera lugar.
Plazo para presentar solicitud
en cada convocatoria:
01/2013: del 09 al 18 de
enero de 2013.
02/2013: del 11 al 20 de
marzo de 2013.
03/2013: del 29 de abril al
8 de mayo de 2013.
04/2013: del 3 al 12 de
junio de 2013.
05/2013: del 16 al 25 de
septiembre de 2013.
06/2013: del 04 al 13 de noviembre de
2013.
Para tener toda la
información, instancias de solicitud, liquidación de las tasas convocatoria a
pruebas, etc. pincha AQUÍ y AQUÍ