sábado, 15 de septiembre de 2012

Empresas en las que trabajar

Empresas

Empresas en las que trabajar.

Prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos



Sobre empleo

El Estatuto del Trabajo Autónomo ha fijado las reglas equitativas para lograr la equiparación efectiva del trabajo autónomo respecto del trabajo por cuenta ajena, en materia de protección social.
Para lograr esta equiparación, la ley 32/2010, de 5 de Agosto, crea un sistema específico de protección por cese de actividad del trabajador autónomo. Esta protección comprende una prestación económica y la cotización de Seguridad Social por el trabajador autónomo, además de la formación y orientación profesional de los beneficiarios con vistas a su recolocación.
La finalidad de la nueva prestación por cese de actividad es cubrir las situaciones de finalización de la actividad de los trabajadores autónomos que deriva de una situación en todo caso involuntaria que debe ser debidamente acreditada para acceder a la correspondiente prestación económica.
Esta prestación será gestionada por las Mutuas Laborales, el Servicio Público de Empleo Estatal y el Instituto Social de la Marina con la colaboración de los Servicios Públicos de Empleo de las CCAA.

Normativa reguladora
- Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. (BOE nº 190 de 6 de Agosto de 2010)
- Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. (BOE nº 263 de 1 de Noviembre de 2011)

Esta normativa aborda el objeto de protección, los requisitos, la acreditación de la situación legal de cese de actividad, la dinámica de la protección por cese de actividad, el abono de cotizaciones a la Seguridad Social, el régimen financiero y de gestión del sistema, las medidas de formación orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora, las obligaciones de los trabajadores autónomos y la competencia sancionadora.

Personas beneficiarias
La protección por cese de actividad alcanza a los siguientes colectivos:
- Trabajadores autónomos comprendidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
- Trabajadores por cuenta propia, incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, que inicien la cotización por cese de actividad a partir del 1 de Enero de 2012.
- Trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

En todos los casos será requisito necesario tener cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales además de cese de actividad.

Solicitud de la prestación por cese de actividad. Pincha AQUÍ