Hace unos días,
una persona me preguntaba por “unos talleres en los que se cobraba una beca por
día asistido al cursillo y en los que se hacían prácticas en empresas”.
El sábado 29
de septiembre hablaba, en este blog, sobre los Talleres de Formación e
Inserción Laboral. Reproducía lo que el Servef tiene en su apartado de
formación sobre los TFIL en su página web.
Este año, y como ya señalaba a finales de julio, la Conselleria
de Educación, Formación y Empleo incluyó los TFIL (o Modalidad Colectivos) en
la Formación profesional para el empleo (prioritariamente para
trabajadores desempleados).
A continuación intento encuadrar los antiguos TFIL, los nuevos
Modalidad Colectivos, también como aparece en la web del Servef.
Espero que sea de utilidad para los muchos interesados en esta
modalidad de formación.
Formación
profesional para el empleo (prioritariamente para trabajadores desempleados)
Este Programa, cofinanciado por el
Fondo Social Europeo, está dirigido, prioritariamente, a personas en situación
de desempleo, a fin de proporcionarles una cualificación profesional para
desempeñar una ocupación adecuada a las necesidades del mercado de trabajo y
estimular su contratación o inserción laboral.
Modalidades
de programación
Modalidad Formación e Inserción: se
ejecutará por entidades acreditadas u homologadas.
Modalidad Semipresencial: se ejecutará por centros
autorizados por la Conselleria competente en materia de Educación para impartir
en esta modalidad alguno de los ciclos de Formación Profesional del Sistema
Educativo.
Modalidad Formación a Medida: se ejecutará por aquellas empresas
o asociaciones empresariales que asuman un compromiso de contratación de al
menos el 60 % del alumnado desempleado que haya superado con éxito los módulos
propios de la especialidad principal del curso. Mediante esta modalidad también
se programarán las especialidades formativas cuyo código finalice con las
letras CCC.
Programa de Talleres de
Formación e Inserción Laboral (en adelante Modalidad Colectivos): se ejecutará
por entidades locales y por entidades que cuenten explícitamente entre sus
principales fines estatutarios el apoyo a personas con discapacidad o con
especiales dificultades de integración, que impartirán una formación adaptada a
las necesidades de estos colectivos.
Destinatarios
Los cursos se destinarán
prioritariamente a trabajadores desempleados inscritos en los Centros SERVEF de
Empleo, sin perjuicio de la participación en el mismo de trabajadores ocupados.
Los trabajadores desempleados deberán representar un porcentaje de al menos el
80% del total de participantes. En cualquier caso, los trabajadores
desempleados que cumplan el perfil requerido tendrán preferencia en la
selección de los alumnos respecto de los trabajadores ocupados. Dentro del colectivo
de ocupados, tendrán prioridad quienes tengan un contrato temporal.
En el caso de las modalidades
Formación a Medida y Colectivos, al alumnado sólo podrá tener la condición de
desempleado.
Con carácter general, y siempre que
cumplan los perfiles requeridos, tendrán la consideración de colectivos
prioritarios a efectos de su participación en los cursos: el de las mujeres
víctimas de violencia de género, el de las personas con discapacidad (incluida
la incapacidad permanente para la profesión habitual), el de los trabajadores
de baja cualificación y las personas mayores de 55 años.
La Modalidad Colectivos estará integrada exclusivamente por
alumnado en el que concurra alguna de las siguientes situaciones:
- Personas en situación o riesgo de exclusión social
acreditada por los Servicios Sociales de las Administraciones Públicas.
- Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o
discapacidad intelectual con un grado de discapacidad igual o superior al 33%;
y personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad
igual o superior al 65%.
La situación del alumnado en el
momento de incorporarse a la acción formativa determinará si condición de
ocupado o desempleado.
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