miércoles, 3 de octubre de 2012
TFIL o Modalidad Colectivos
Hace unos días,
una persona me preguntaba por “unos talleres en los que se cobraba una beca por
día asistido al cursillo y en los que se hacían prácticas en empresas”.
El sábado 29
de septiembre hablaba, en este blog, sobre los Talleres de Formación e
Inserción Laboral. Reproducía lo que el Servef tiene en su apartado de
formación sobre los TFIL en su página web.
Este año, y como ya señalaba a finales de julio, la Conselleria
de Educación, Formación y Empleo incluyó los TFIL (o Modalidad Colectivos) en
la Formación profesional para el empleo (prioritariamente para
trabajadores desempleados).
A continuación intento encuadrar los antiguos TFIL, los nuevos
Modalidad Colectivos, también como aparece en la web del Servef.
Espero que sea de utilidad para los muchos interesados en esta
modalidad de formación.
Formación
profesional para el empleo (prioritariamente para trabajadores desempleados)
Este Programa, cofinanciado por el
Fondo Social Europeo, está dirigido, prioritariamente, a personas en situación
de desempleo, a fin de proporcionarles una cualificación profesional para
desempeñar una ocupación adecuada a las necesidades del mercado de trabajo y
estimular su contratación o inserción laboral.
Modalidades
de programación
Modalidad Formación e Inserción: se
ejecutará por entidades acreditadas u homologadas.
Modalidad Semipresencial: se ejecutará por centros
autorizados por la Conselleria competente en materia de Educación para impartir
en esta modalidad alguno de los ciclos de Formación Profesional del Sistema
Educativo.
Modalidad Formación a Medida: se ejecutará por aquellas empresas
o asociaciones empresariales que asuman un compromiso de contratación de al
menos el 60 % del alumnado desempleado que haya superado con éxito los módulos
propios de la especialidad principal del curso. Mediante esta modalidad también
se programarán las especialidades formativas cuyo código finalice con las
letras CCC.
Programa de Talleres de
Formación e Inserción Laboral (en adelante Modalidad Colectivos): se ejecutará
por entidades locales y por entidades que cuenten explícitamente entre sus
principales fines estatutarios el apoyo a personas con discapacidad o con
especiales dificultades de integración, que impartirán una formación adaptada a
las necesidades de estos colectivos.
Destinatarios
Los cursos se destinarán
prioritariamente a trabajadores desempleados inscritos en los Centros SERVEF de
Empleo, sin perjuicio de la participación en el mismo de trabajadores ocupados.
Los trabajadores desempleados deberán representar un porcentaje de al menos el
80% del total de participantes. En cualquier caso, los trabajadores
desempleados que cumplan el perfil requerido tendrán preferencia en la
selección de los alumnos respecto de los trabajadores ocupados. Dentro del colectivo
de ocupados, tendrán prioridad quienes tengan un contrato temporal.
En el caso de las modalidades
Formación a Medida y Colectivos, al alumnado sólo podrá tener la condición de
desempleado.
Con carácter general, y siempre que
cumplan los perfiles requeridos, tendrán la consideración de colectivos
prioritarios a efectos de su participación en los cursos: el de las mujeres
víctimas de violencia de género, el de las personas con discapacidad (incluida
la incapacidad permanente para la profesión habitual), el de los trabajadores
de baja cualificación y las personas mayores de 55 años.
La Modalidad Colectivos estará integrada exclusivamente por
alumnado en el que concurra alguna de las siguientes situaciones:
- Personas en situación o riesgo de exclusión social
acreditada por los Servicios Sociales de las Administraciones Públicas.
- Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o
discapacidad intelectual con un grado de discapacidad igual o superior al 33%;
y personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad
igual o superior al 65%.
La situación del alumnado en el
momento de incorporarse a la acción formativa determinará si condición de
ocupado o desempleado.
Otras entradas relacionadas:
Talleres de formación e inserción laboral (TFIL)
martes, 2 de octubre de 2012
Empresas en las que trabajar
Formación del Instituto Aragonés de Empleo
En relación a una pregunta realizada por una
empresa sobre los cursos que pueden realizar en Aragón, a continuación he
resumido la información sobre los cursos con Compromiso de Contratación para
que las empresas o trabajadores interesados sepan en qué consisten.
Acuerdos con Compromiso de Contratación
Son acuerdos realizados entre el INAEM y
las empresas, sus asociaciones, u otras entidades, para formar a trabajadores de próxima incorporación a su
plantilla.
Características del programa
- Se subvenciona la formación de los trabajadores.
- Cada curso no deberá tener más de 20 alumnos ni menos de 10.
- La duración de los cursos será, generalmente, inferior a 300 horas.
- Todos los alumnos estarán inscritos en las oficinas de empleo y la mayoría
de ellos, deberán ser desempleados.
- La empresa debe contratar, al menos, el 60% de los alumnos formados, en los
tres meses posteriores a la finalización del curso, por un periodo mínimo de
seis meses.
- La vigencia del Acuerdo tendrá como duración el tiempo de ejecución de las
acciones de formación.
Preguntas más Frecuentes
¿Quién
puede solicitar esta formación?
Las empresas, sus asociaciones y otras entidades ubicadas en
Aragón o de próxima implantación en nuestra Comunidad Autónoma.
¿Cuándo
se puede solicitar esta formación?
En cualquier momento, no hace falta que se publique una
convocatoria, lo importante es que la empresa tenga definidas unas necesidades
de personal, su perfil y cuando quiere que inicie su actividad.
¿Cuánto tiempo transcurre hasta
poder empezar el curso?
El tiempo de gestión administrativa del procedimiento es
aproximadamente de 10 a 15 días, una vez obre en poder del INAEM la
documentación completa.
¿El alumno tiene que ser
desempleado?
No exclusivamente, pero si en su gran mayoría. La única condición
es que deberán estar inscritos en las oficinas de empleo.
¿Cuánto tiempo debe estar apuntado
un trabajador en la oficina de empleo para poder participar en el programa?
Para poder participar en el programa no se requiere ningún periodo
de permanencia en la oficina de empleo, sólo estar inscrito.
¿Quién selecciona a los
trabajadores/alumnos?
El proceso de selección de los trabajadores/alumnos se realiza de
forma conjunta entre la empresa y el personal especializado en selección del
INAEM.
Para
cada proceso se establece un plan de actuación contemplando los medios y
técnicas más adecuados en función del perfil requerido.
La
empresa siempre tiene un papel decisivo en el proceso de selección, ya que se
tratará de incorporar trabajadores a su plantilla.
¿Cuándo pueden ser contratados
los alumnos?
El momento de la contratación del alumnado es decisión de la
empresa, siempre y cuando sea a partir del segundo día de inicio o durante los
tres meses posteriores al finalizar el curso.
¿Quién puede impartir el curso?
El curso puede impartirlo quien quiera la empresa o entidad
firmante, pudiendo hacerlo ella misma en sus instalaciones y con su personal, o
bien subcontratando el servicio a un centro de formación.
Lo
importante es que la formación sea de calidad y adecuada a la empresa o
entidad.
¿Cómo debe ser el programa del
curso?
Éste debe ser a medida de las necesidades de la empresa, con el
fin de preparar a los alumnos para su incorporación posterior a ella. Además,
se puede incluir en el programa otra formación relacionada con la política de
la empresa, calidad, prevención de riesgos, atención al cliente, etc.
El
INAEM dispone de programas formativos en su página web que pueden servir de
apoyo y ayuda para la realización de los programas propios.
Para más información pincha AQUÍ
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