jueves, 8 de noviembre de 2012
Auto-candidatura en empresas
Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:
Iparlat Kaiku Dupán Martinavarro Grupo J. Carrión Grupo Hospitalario Quirón ECISA beeline Cementos Molins CHM Infraestructuras Bankinter Zena Ullastres CEVA Avanza Red Bull Caladero CORALIM ADITIVOS Vincci Hoteles Mayoral Industrias Saludes Integra2 Blusens Power Electronics Logista Reca Hispania NACEX BOSLAN Grupo Segura PepsiCo Pronovias Eurotex Caser Residencial … y muchas más empresas, que van creciendo día a día, en las que puedes presentar el currículum a través de sus páginas webs o enviando el CV a su correo electrónico de contacto. Pincha AQUÍ |
Contrato indefinido
¿Qué es un
contrato indefinido?
Es aquel que se concierta sin establecer límites de
tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.
Formalización
Su
formalización puede ser verbal o escrita, salvo los acogidos al programa de
fomento del empleo y otros en relación con los que se estipule la obligación de
forma escrita (artículo 8 E.T.). En todo caso, cualquiera de las partes podrá
exigir que el contrato se formalice por escrito incluso durante el transcurso
de la relación laboral.
Se
presumirán celebrados por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba
en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial
de los servicios en caso de falta de observancia de la forma escrita cuando sea
exigible.
Adquirirán
la condición de fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su
contratación:
-. Los
trabajadores que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez
transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el
período de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de
los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los
mismos, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera
lugar en derecho.
-. Los
trabajadores con contratos temporales celebrados en fraude de ley.
-. A partir
del 1 de enero de 2013, los trabajadores que en un período de treinta meses
hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con
o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con
la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales,
sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo
temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración
determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos. También se aplicará
en los supuestos de sucesión o subrogación empresarial. Esto no será de
aplicación a los contratos formativos, de relevo e interinidad, a los contratos
temporales celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación,
así como a los contratos temporales que sean utilizados por empresas de
inserción debidamente registradas y el objeto de dichos contratos sea
considerado como parte esencial de un itinerario de inserción personalizado.
Este régimen se aplica a los contratos de trabajo suscritos a partir del 18 de
junio de 2010.
-. Quedará
excluido del cómputo del plazo de veinticuatro meses y del periodo de treinta,
el tiempo transcurrido entre el 31 de agosto de 2011 y el 31 de diciembre de
2012, haya existido o no prestación de servicios por el trabajador entre dichas
fechas, computándose en todo caso, los periodos de servicios transcurridos
respectivamente, con anterioridad o posterioridad a dichas fechas.
-. También
adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa los trabajadores
contratados por obra o servicio determinado cuando transcurran tres años de
contrato, ampliables hasta doce meses más por convenio colectivo sectorial de
ámbito estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito
inferior. Este régimen se aplica a los contratos por obra o servicio determinado
suscritos a partir del 18 de junio de 2010.
En los supuestos previstos en los dos párrafos
anteriores, el empresario deberá facilitar por escrito al trabajador, en los
diez días siguientes al cumplimiento de los plazos indicados, un documento justificativo
sobre su nueva condición de trabajador fijo de la empresa. En todo caso, el
trabajador podrá solicitar, por escrito, al Servicio Público de Empleo
correspondiente, un certificado de los contratos de duración determinada o
temporales celebrados, a los efectos de poder acreditar su condición de
trabajador fijo en la empresa.
Para más información pincha
AQUÍ
miércoles, 7 de noviembre de 2012
Ingreso en la Policia
Policías escala básica del Cuerpo Nacional de Policía
Número de plazas: 153
Plazas de alumnos del Centro de Formación, de la
División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes al ingreso en la Escala
Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía:
- 138 plazas de oposición libre
- 15 plazas reservadas a militares profesionales de
tropa y marinería
Tipo de convocatoria: Oposición
Grupo: C2 - Graduado/a en
educación secundaria obligatoria
Requisitos:
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario
reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los
hombres y 1,60 las mujeres.
c) Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria u otros equivalentes o superiores.
d) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a
utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
e) No haber sido condenado por delito doloso, ni
separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o
institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la
clase B.
- Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión
del permiso de conducción de la clase A o el de la clase A2 y la autorización
(B.T.P.) prevista en ambos reglamentos, antes del 1 de abril de 2013.
Plazo de
presentación de instancias: Del 06-11-06-2012 al 26-11-2012,
ambos inclusive.
Tasas: Importe: 10,88
euros
Para más información
(instancia, temario, etc.) pincha AQUÍ
También te puede interesar: Ingreso en la Guardia Civil
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martes, 6 de noviembre de 2012
Algunas ofertas de empleo
Policías
escala básica del Cuerpo Nacional de Policía (Ministerio del Interior)
(OPOSICIÓN) [Bases y apertura de plazo] 153 Plazas
Limpieza
Valencia
LICENCIADA BIOLOGÍA PATERNA (VALENCIA)
Atención al expositor MADRID
Administrativo seguros MADRID
TAPICERO AUTONOMO ALCALA DE HENARES (MADRID)
Auxiliar de servicio y limpieza días
sueltos POZUELO DE ALARCON (MADRID)
JARDINERO CERTIFICADO MINUSVALIA (Con discapacidad) MADRID
Fresador CNC. Oficial 1ª BARCELONA
Auto-candidatura en empresas
Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:
Dupán Martinavarro Grupo J. Carrión Grupo Hospitalario Quirón ECISA beeline Cementos Molins CHM Infraestructuras Bankinter Zena Ullastres CEVA Avanza Red Bull Caladero CORALIM ADITIVOS Vincci Hoteles Mayoral Industrias Saludes Integra2 Blusens Power Electronics Logista Reca Hispania NACEX BOSLAN Grupo Segura PepsiCo Pronovias Eurotex Caser Residencial … y muchas más empresas, que van creciendo día a día, en las que puedes presentar el currículum a través de sus páginas webs o enviando el CV a su correo electrónico de contacto. Pincha AQUÍ
|
Bonificaciones empresariales a la contratación laboral
|
MEDIDAS PARA FAVORECER EL
EMPLEO
(Bonificaciones
empresariales a la contratación laboral)
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Colectivos
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Descripción
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Cuantía anual (en euros)
|
Duración
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BONIFICACIONES
A LA COTIZACIÓN INDEFINIDA
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|
Víctimas de violencia de género o doméstica
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1.500
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4 años
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|
Mayores de
45 años desempleados inscritos al menos durante 12 meses en los dieciocho
meses anteriores a la contratación
|
Varones
|
1.200
|
3 años
|
||||
|
Mujeres
|
1.400
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|
Jóvenes de
16 a 30 años con especiales problemas de emplabilidad que hayan estado
inscritos durante 12 meses en los dieciocho meses anteriores a la
contratación
|
Varones
|
800
|
3 años
|
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|
Mujeres
|
1.000
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Otros colectivos y situaciones especiales |
Trabajadores
en situación de exclusión social (salvo por empresas de inserción)
|
600
|
4 años
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|
Personas
con discapacidad
|
Mujeres
con discapacidad
|
Personas
mayores de 45 años con discapacidad
|
Toda la vigencia del contrato
|
||||
|
En general
|
4.500
|
5.350
|
5.700
|
||||
|
En caso de
discapacidad severa
|
5.100
|
5.950
|
6.300
|
||||
|
Transformaciones
en indefindios de contratos formativos, de relevo y sustitución por
anticipación de la edad de jubilación
|
Varones
|
500
|
3 años
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|
Mujeres
|
700
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|
BONIFICACIONES
EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL
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|
Personas
con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del
empleo
|
Varones
menores de 45 años
|
Varones
mayores de 45 años
|
Mujeres
menores de 45 años
|
Mujeres
mayores de 45 años
|
Duración
|
||
|
En general
|
3.500
|
4.100
|
4.100
|
4.700
|
Toda la vigencia del contrato
|
||
|
En caso de
discapacidad severa
|
4.100
|
4.700
|
4.700
|
5.300
|
Toda la vigencia del contrato
|
||
|
Víctimas
de violencia de género o doméstica
|
600
|
Toda la vigencia del contrato
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|
Personas
en situación de exclusión social (salvo por empresas de inserción)
|
500
|
Toda la vigencia del contrato
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BONIFICACIONES
PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO
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|
Contratos
de carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en
la empresa de 5 o más años
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50 por 100
de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad
temporal, incrementándose anualmente un 10 por 100 hasta el 100 por 100
|
Toda la vigencia del contrato
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|
Mujeres
con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en
indefinido) reincorporadas tras la maternidad o excedencia por cuidado de
hijo
|
1.200
|
4 años
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|||||
|
BONIFICACIONES
PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR LOS CENTROS ESPECIALES
DE EMPLEO
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|||||||
|
Contratos
indefinidos o temporales y transformaciones en indefinidos de contratos
temporales
|
100 por
100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de
accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación
conjunta
|
Toda la
vigencia del contrato
|
|||||
Para más información pincha
AQUÍ
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