Empresas en las que puedes ver ofertas de empleo o presentar la autocandidatura en sus páginas web:
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lunes, 26 de noviembre de 2012
Auto-candidatura en empresas
Relaciones especiales de trabajo por cuenta ajena. Personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
Son
relaciones especiales de trabajo aquellas que, por sus especiales
características, requieren una regulación específica.
Personas con discapacidad en Centros
Especiales de Empleo I
Colectivo
incluido
Trabajadores con discapacidad que ejercen su actividad
laboral en Centros Especiales de Empleo.
(Los que trabajan en otras empresas se rigen por la
normativa general.)
Capacidad para
contratar
Podrán
concertar este tipo de contratos por sí mismos las personas que tengan plena
capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil, o las que, aun
teniendo capacidad de obrar limitada, hubieran obtenido la correspondiente
autorización, expresa o tácita, de quien ostentara su representación legal.
Características
- Deben tener una discapacidad, reconocida, igual o superior al 33 por 100 y una disminución de su capacidad de trabajo al menos igual o superior a dicho porcentaje.
- Las personas con discapacidad que deseen acceder a uno de estos puestos de trabajo deberán inscribirse en los correspondientes Servicios Públicos de Empleo.
- Tienen los mismos derechos básicos que todos los trabajadores.
- Los equipos multiprofesionales comprobarán la adecuación al puesto de trabajo de los trabajadores con discapacidad, a requerimiento del Servicio Público de Empleo, antes de ser contratados.
- Posibilidad de contrato a bajo rendimiento en jornada normal. Si el rendimiento fuese inferior al 25 por 100, podría reducirse el salario proporcionalmente.
- Posibilidad de pactarse un período de adaptación al trabajo que tendrá la consideración de período de prueba y cuya duración no podrá exceder de seis meses.
Tramitación y
formalización de la relación laboral
- Los titulares de los Centros Especiales de Empleo deberán solicitar del Servicio Público de Empleo correspondiente los trabajadores con discapacidad que pretendan contratar.
- El contrato deberá formalizarse por escrito en el modelo que se establezca. Un ejemplar se remitirá por el Servicio Público de Empleo al equipo multiprofesional correspondiente.
- Entrega a los representantes legales de los trabajadores de una copia básica del contrato en el plazo de diez días. Igualmente se les notificará en el mismo plazo las prórrogas de dichos contratos, así como las denuncias de los mismos.
- Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del contrato, adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores si los hubiere.
Objeto del
contrato
- El trabajo que realice el trabajador con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo deberá ser productivo y remunerado, adecuado a las características del trabajador, en orden a favorecer su adaptación personal y social y facilitar, en su caso, su posterior integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.
- Con el fin de garantizar que el trabajo se adecúe en todo momento a las características personales y profesionales del trabajador con discapacidad y valorar el grado de adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales les someterán a revisión, al menos con una periodicidad de dos años. Si como consecuencia de la revisión los Equipos Multiprofesionales observaran que el trabajo que realiza el trabajador supone un grave riesgo para su salud, deberán declarar la inadecuación del mismo, debiendo pasar en ese caso el trabajador a ocupar otro puesto adecuado a sus características dentro del propio Centro y de no ser ello posible cesarán en la prestación de los servicios en las condiciones previstas al respecto. En el supuesto de que el riesgo quedase constatado con anterioridad a la revisión periódica del Equipo Multiprofesional, se procederá de la misma forma, dando cuenta de ello inmediatamente al Equipo Multiprofesional.
Próxima entrada: Personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo II
sábado, 24 de noviembre de 2012
Repsol. Programas Master para Nuevos Profesionales
El Centro Superior de Formación (CSFR) se crea como soporte
estratégico para conseguir los objetivos de negocio de Repsol, mediante la
gestión integral y homogénea de la formación de la compañía. Su misión es
impulsar la atracción, el desarrollo y la retención del talento de los
empleados de Repsol.
El CSFR
incorpora entre sus actividades los Programas Master para Nuevos Profesionales
en Exploración y Producción de Hidrocarburos (E&P) y Refino, Petroquímica y
Gas (RPG) anteriormente impartidos en el Instituto Superior de la Energía (ISE)
dependiente de la Fundación Repsol.
PLAN
DE INCORPORACIÓN DE NUEVOS PROFESIONALES 2013
El Plan de
Incorporación de Nuevos Profesionales es un sistema corporativo para la atracción,
contratación, integración y seguimiento de titulados superiores de reciente
graduación.
Los titulados deben
tener una titulación acorde a los objetivos estratégicos, buenos conocimientos
de inglés, buen expediente académico, adecuación cultura Repsol y movilidad
geográfica.
Estudiar uno de los
Programas Másteres del CSFR significa una oferta de trabajo con Repsol.
- Condiciones contractuales: contrato en prácticas al inicio del curso que se convertirá en un contrato indefinido al final, siempre que se consigan buenos resultados académicos.
- Repsol asumirá el coste de la matrícula si el estudiante permanece en la empresa por lo menos dos años después de terminar el curso.
En el proceso de
selección existen diferentes fases que se inicia con una entrevista telefónica
y pruebas on-line.
Si estás interesado
puedes presentar tú candidatura on-line a través de Canal de Empleo. Pincha
AQUÍ
Fechas a tener en cuenta
FEBRERO
- MAYO 2013: Proceso de Selección.
JULIO
2013: Admisión.
El 2
de SEPTIEMBRE de 2013: Incorporación al curso, a tiempo total.
Para una información
más completa pincha AQUÍ
viernes, 23 de noviembre de 2012
Algunas ofertas de empleo
Director
comercial exportación Castello
Comercial -
marketing Valencia
Ingeniera/o
proyectos Valencia
Dependiente
Valencia
Operario de
limpieza Valencia
Comercial
publicidad Valencia
Responsable
dpto. Jurídico Valencia
CONTABLE SAGUNTO/SAGUNT (VALENCIA)
Profesores Frío para Ciclo Grado
Medio LEGANES (MADRID)
ASESOR FISCAL DPTO AUTONOMOS PARLA (MADRID)
Fontaneros / Albañiles MADRID
SOLDADOR OFICIAL DE PRIMERA MADRID
Coordinador Restaurante Comida
Rápida TORREJON DE ARDOZ (MADRID)
Montadoe/ Instalador de Puertas
Automaticas FUENLABRADA (MADRID)
GESTOR PUNTO DE
VENTA CON CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD LAS ROZAS
DE MADRID (MADRID)
Order Entry Personal BARCELONA
Software Developer BARCELONA
Programador en PHP TERRASSA (BARCELONA
Montador de ascensores BARCELONA
MONTADOR ESTANTERIAS TIPO PERMAR GAVA (BARCELONA)
Relaciones especiales de trabajo por cuenta ajena. Deportistas profesionales
Son relaciones especiales de
trabajo aquellas que, por sus especiales características, requieren una
regulación específica.
Deportistas profesionales
Colectivo
incluido
Deportistas
profesionales en posesión de la correspondiente licencia federativa, que se
dediquen a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de
organización de una entidad deportiva, a cambio de una retribución.
Características
- Contrato escrito, indicando el objeto del contrato, la retribución acordada y la duración del mismo.
- Entrega a los representantes legales de los trabajadores de una copia básica del contrato en el plazo de diez días. Igualmente se les notificará en el mismo plazo las prórrogas de dichos contratos, así como las denuncias de los mismos.
- Comunicación al Servicio Público de Empleo del contenido del contrato, en el plazo de diez días hábiles, adjuntándose una copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores si los hubiere.
- El contrato se registrará en la Federación correspondiente.
- La duración del contrato será la que acuerden las partes, pudiendo producirse la contratación por tiempo cierto o para la realización de un número de actuaciones deportivas.
- Pueden prorrogarse por pacto colectivo o individual.
- Puede concertarse un período de prueba que no excederá de tres meses.
- Durante la vigencia del contrato, los clubes pueden ceder temporalmente a otros los servicios del deportista si éste consiente, teniendo derecho a compensación económica si hubo contraprestación de este tipo entre las entidades.
- La jornada laboral será la fijada en convenio o contrato individual, con respeto, en todo caso, a los límites legales vigentes, que podrán aplicarse en cómputo anual.
- La retribución será pactada individualmente o en convenio colectivo. Puede incluir los derechos a la explotación comercial de la imagen de los deportistas.
- La extinción y suspensión de la relación laboral se rigen por las reglas generales con algunas peculiaridades.
Jurisdicción
competente
Serán competencia de
la jurisdicción laboral los conflictos que surjan entre deportistas y clubes.
jueves, 22 de noviembre de 2012
Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana
La
Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana (REDIT) es una
asociación privada sin ánimo de lucro que nace en 2001 por iniciativa de los
Institutos Tecnológicos de la región y en colaboración con la Generalitat
Valenciana.
REDIT
cuenta con 14 centros asociados que ofrecen una amplia gama de servicios
avanzados de I+D+I dirigidos a las empresas, especialmente a pymes, que
necesitan del apoyo de agentes externos para innovar.
La misión de REDIT es
contribuir al desarrollo del conocimiento y su aplicación en la sociedad, en las empresas y
demás agentes, mediante la puesta en valor de la I+D+i generada en los
Centros de REDIT, agrupando a los II.TT., fortaleciendo sus relaciones y
fomentando una estrecha colaboración entre ellos, así como al establecimiento de alianzas y
la cooperación con el conjunto del Sistema de Ciencia, Tecnología y Empresa.
Los Institutos Tecnológicos
de la Comunitat Valenciana se caracterizan por su naturaleza privada, tanto en su gestión, ya que en sus órganos
rectores participan como asociados las empresas privadas, como en sus ingresos,
ya que más del 50% de los
ingresos de los centros asociados a REDIT proceden directamente de las
empresas.
Institutos tecnológicos y ámbitos de actuación
AICE-ITC
|
Cerámico
|
AIDICO
|
Construcción
|
AIDIMA
|
Madera,
Mueble, Embalaje y Afines
|
AIDO
|
Óptica,
Color e Imagen
|
AIJU
|
Juguete
|
AIMME
|
Metalmecánico
|
AIMPLAS
|
Plástico
|
AINIA
|
Agroalimentario
|
AITEX
|
Textil
|
IBV
|
Biomecánico
|
INESCOP
|
Calzado
|
ITE
|
Energía
|
ITENE
|
Embalaje,
Transporte y Logística
|
ITI
|
TIC –
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
|
Los Institutos Tecnológicos
se han convertido en los principales socios
tecnológicos de muchas empresas en sus procesos de innovación y
aplicación del conocimiento y la tecnología.
Para más información pincha
AQUÍ
miércoles, 21 de noviembre de 2012
Algunas ofertas de empleo
Jefe de ventas
Valencia
Administración
Valencia
Programador
Valencia
Director/a
comercial Valencia
MECANICO DE VEHICULOS ARTICULADOS
ALDAIA (VALENCIA)
AYUDANTE DE COCINA BOADILLA DEL MONTE (MADRID)
Responsable de
Contabilidad y Gestión de personal. MAJADAHONDA (MADRID)
Con discapacidad
Teleconcertador
de visitas comerciales CATARROJA (Valencia)
LIMPIADOR/A
VALENCIA VALENCIA Y PROVINCIA
AUXILIAR DE
TIENDA Valencia
LIMPIADORES/AS
Aldaia (Valencia)
Agente de
viajes Madrid
ADMINISTRATIVO
TURNO TARDE ZONA SUR ARROYOMOLINOS (Madrid
Técnico
Recursos Humanos Madrid
Peón
Madrid
Oficial 2ª
Administrativo Guadarrama (Madrid)
RECEPCIONISTA
CON INGLES Madrid
AYUDANTE DE COCINA HOTEL Madrid
TELEOPERADOR (J.73663) Valladolid
GESTION ALMACEN (J.GEST) Burgos
TELOPERADORA (MC.1006 ) Barcelona
VIGILANTE DE SEGURIDAD Santa Cruz Tenerife
SUBTITULADOR (MMP 79181) Madrid
ASESOR TELEFONICO Santa Cruz Tenerife
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