lunes, 2 de septiembre de 2013

Solicitud de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat y privados concertados para el curso escolar 2013-2014 en la Comunitat Valenciana

Solicitud de ayudas de comedor escolar en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, dependientes de la conselleria con competencias en materia de Educación y a centros privados concertados, que impartan enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria y a los centros específicos de Educación Especial. Excluyéndose a los alumnos de centros específicos de educación especial privados concertados y a los alumnos de programas de cualificación profesional inicial en su modalidad de taller.

Requisitos
a) Estar matriculado en un centro educativo debidamente autorizado.
b) Haber presentado la solicitud (anexo I) y documentación requeridas en la resolución en los plazos establecidos.
c) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso para el que se solicita la ayuda.

1.- Beneficiarios directos de la ayuda asistencial de comedor:
a) El alumnado del centro educativo beneficiario de ruta de transporte escolar o de ayuda individual de transporte siempre que resida en municipio distinto a aquel en que se encuentre el centro docente en que esté escolarizado.
b) El alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial de titularidad de la Generalitat y alumnado de aulas específicas de educación especial en centros ordinarios de titulairdad de la Generalitat y privados concertados.
c) Alumnado que tenga la condición de huérfano absoluto o se encuentre en situación de acogimiento, ya sea en residencia o familia, así como los hijos o hijas de familias acogedoras.
d) Los hijos e hijas de víctimas de violencia de género.
e) Las víctimas del terrorismo.

2. Beneficiarios de la ayuda asistencial de comedor previa baremación:
Será beneficiario de la ayuda para el servicio de comedor escolar todo aquel alumnado de Educación Infantil de segundo ciclo, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, al que se le conceda la ayuda con carácter asistencial de acuerdo con el baremo atendiendo a las circunstancias socio-económicas concurrentes, y siempre que no superen los umbrales de renta establecidos en el apartado 5 de la resolución de convocatoria.


Plazo de presentación
1.- Plazo ordinario de presentación de solicitudes:
La solicitud de concesión de ayuda asistencial de comedor se presentará, con la pertinente documentación justificativa, en el centro educativo, desde el 24 de junio hasta el 12 de julio .

2.- Plazo extraordinario:
En el mes de septiembre se abrirá un plazo extraordinario que concluirá el día 16, para solicitudes derivadas de nuevas matriculaciones.

3.- Plazo excepcional
Las solicitudes que se presenten fuera de los plazos ordinario y extraordinario se admitirán, siempre y cuando se trate de alumnos que se incorporan al sistema educativo con posterioridad a dichos plazos y siempre con anterioridad al 30 de noviembre de 2013. A partir de esta fecha no se admitirá la presentación de más solicitudes.

Para más información pincha AQUÍ
BOR